La Corte acelera plazos y se encamina a un nuevo fallo decisivo sobre la ley de Tierras

Con la habilitación de horas inhábiles y la incorporación de dos conjueces, el máximo tribunal busca resolver a la brevedad una aclaratoria que podría restituir las restricciones al dominio extranjero de campos, tras la polémica por el fallo anterior y la presión legislativa.

La Corte acelera plazos y se encamina a un nuevo fallo decisivo sobre la ley de Tierras

La Corte Suprema habilitó horas inhábiles y acortó a 24 horas el plazo procesal para definir la nueva integración que revisará la Ley de Tierras.

En una maniobra de fuerte dinamismo procesal, la Corte Suprema de Justicia de la Nación aceleró los tiempos judiciales y se encamina a dictar en las próximas horas una nueva definición respecto a la vigencia de la Ley de Tierras (Ley 26.737). La jugada se produce tras acortar de 72 a solo 24 horas el plazo fijado para que las partes consientan o recusen a los dos conjueces sorteados para destrabar el expediente, habilitando expresamente días u horas inhábiles para dicho trámite.

El tribunal analiza una petición de «aclaratoria» formulada por la ONG ambientalista Árbol de Pie, dos comunidades indígenas (Lafkenche y Lof Fcta Anecon) y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda. Los demandantes buscan precisar si el fallo emitido la semana pasada, que invalidó un amparo del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim) por falta de legitimación procesal, alcanza también al amparo colectivo que ellos impulsan para frenar la derogación del régimen de tierras contenida en el artículo 154 del DNU 70/2023 firmado por el presidente Javier Milei.

La premura del tribunal coincide con un clima de tensión política ascendente: la oposición en el Congreso amenaza con hacer caer el DNU 70/2023 en una sesión especial prevista para la próxima semana, mientras que sectores constitucionales y sociales criticaron la vulnerabilidad en la que quedó el control de los recursos estratégicos del país.

Un tribunal dividido y la citación a conjueces

A diferencia de la unanimidad observada en la resolución de la semana pasada, el cuerpo de ministros se encuentra actualmente fracturado. Mientras que los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti se muestran proclives a abordar el fondo de la cautelar solicitada en la acción colectiva de las comunidades y la ONG, el ministro Carlos Rosenkrantz se opone a adoptar medidas que alteren el escenario jurídico modificado por el fallo reciente.

Dado que el Código Procesal exige al menos tres votos concordantes para dictar una sentencia firme y la Corte cuenta únicamente con tres miembros en funciones, el tribunal debió convocar a dos camaristas para integrar la formación:

Ambos magistrados ya aceptaron la designación. La notificación firmada por el secretario de la Corte, Sergio Miguel Nápoli, dispuso reducir el término procesal de recusación para asegurar que la causa quede en condiciones inmediatas de resolver.

La distinción del nuevo planteo colectivo

El núcleo de la presentación de la ONG Árbol de Pie y las comunidades autóctonas radica en que su reclamo no apela a una cuestión general de «soberanía nacional», motivo por el cual la Corte desestimó la personería del Cecim, sino a derechos específicos de incidencia colectiva.

En caso de que la Corte admita tratar la aclaratoria y distinga la personería de este grupo respecto al caso del Cecim, el tribunal integrado por sus cinco miembros deberá definir si reenvía el expediente a los juzgados de origen (La Plata o Bariloche) o si, ante la excepcionalidad del asunto, dicta una medida cautelar interina propia que restablezca los límites a la venta de tierras rurales a inversores extranjeros.

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