La Justicia avaló el descarte de embriones congelados y pidió legislar sobre el tema

La Justicia avaló el descarte de embriones congelados y pidió legislar sobre el tema

La Justicia de La Plata autorizó ayer que cese la criopreservación de embriones de un matrimonio, en el tercer caso de este tipo registrado en la Argentina, en un fallo que además instó al Congreso Nacional a que trate la temática «ante la falta de legislación vigente», informaron fuentes judiciales.

“Ya hay dos fallos preexistentes, uno en Mendoza y el otro en La Plata. Este lo que tiene de distinto es que insta al Poder Legislativo a legislar sobre el tema porque hay un vacío legal en relación a qué hacemos con los embriones que pertenecen a una familia si no quiere seguir teniendo hijos ni continuar manteniéndolos”, explicó la abogada de la familia solicitante, Griselda De Luca.

El vacío legal, que menciona el fallo y la abogada, radica en qué hace una familia cuando ya se “cesó la voluntad procreacional”, ya sea porque esa pareja tuvo hijos, porque se terminó esa unión vincular o por el costo de mantenerlos, que oscila entre 100 y 200 dólares al año.

“Cuando uno hace un tratamiento de fertilidad, se criopreservan los embriones. Los criopreservan en caso de que no avance la implantación o si ese matrimonio o pareja quieren más adelante tener otro embarazo, pero cuando cesa la voluntad procreacional de ambos no hay una norma que cubra esa situación”, apuntó De Luca.

En ese sentido, detalló que “hay un contrato a tiempo indefinido en cuanto al cuidado y mantenimiento de embriones ya que no hay una ley que determine que se pueden destruir esos embriones”.

Especialistas debaten sobre el fallo
El artículo 19 del Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde 2015, dice que «la existencia de la persona humana comienza con la concepción», ante lo cual surge la pregunta ¿se puede hablar de concepción cuando se trata de embriones no implantados?

«Es cierto que hay un vacío legal, pero se interpreta fácil», dijo este miércoles la abogada Marisa Herrera a la agencia nacional Télam, quien se especializa en derecho de familia y trabajó en la reforma del Código Civil y Comercial argentino de 2015.

Para Herrera «es obvio que el embrión no es persona», ya que la ley permite donarlo y criopreservarlo, mientras que «a las personas no nos pueden donar ni congelar».

Además, la abogada explicó que el Código Civil obliga a las parejas a «actualizar el consentimiento de transferir» el embrión, es decir implantarlo en el cuerpo, cada vez que se comienza un nuevo tratamiento de fertilización asistida.

Esta «actualización» se pide porque suele ocurrir que los embriones no prosperan y las parejas deben hacer nuevos intentos con embriones que fueron congelados en los meses previos.

Y, así como se debe actualizar, el consentimiento de transferir el embrión también se puede revocar, cosa que ocurre cuando las parejas no tienen más voluntad de procrear o rompen el vínculo.

«Si los embriones fueran personas no podríamos revocar o actualizar el consentimiento de transferirlos, y las mujeres estarían obligadas a transferirse contra su voluntad, todos los embriones», argumentó la abogada.

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