Aborto: una sentencia judicial suspende la venta de misoprostol

Aborto: una sentencia judicial suspende la venta de misoprostol

A partir de una presentación conjunta de la asociación civil cordobesa Portal de Belén y de la Asociación para la Promoción de Derechos Civiles, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal número 11 resolvió suspender una reciente disposición de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) que autorizaba a un laboratorio la venta del medicamento misoprostol para la interrupción del embarazo. Fue luego de hacer lugar parcialmente a una medida cautelar solicitada por las mencionadas asociaciones civiles.

La medida cautelar fue presentada ante la jueza Cecilia Gilardi de Negre, subrogante en el citado juzgado. El planteo buscaba que se declare la “nulidad absoluta e insanable” por inconstitucional del “protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE)”, según lo establecido en el artículo 86 del Código Penal incisos 1º y 2º por violación al derecho a la vida.

En su fallo, la magistrada dijo que de la lectura del prospecto del medicamento surgen las “precauciones y advertencias”, dentro de las que se enuncia que “debe ser utilizado siguiendo una estricta observación de la dosis y régimen recomendados. Y que además “debe ser utilizado únicamente en centros hospitalarios con acceso a cuidados intensivos y cirugía de urgencia”. Así, Gilardi de Negrete señaló que resulta pertinente “otorgar una inmediata tutela jurisdiccional (sin esperar hasta el dictado de la sentencia) ante el peligro de que se utilice el medicamento para tratamientos ambulatorios cuando ello conforma un peligro para la salud, derecho constitucional que debe garantizarse”.3

“Ni un paso atrás en nuestros derechos”
Desde la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito y la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir repudiaron el fallo de la jueza Gilardi de Negre, al entender que “el objetivo de esta medida es generar una barrera más para el acceso al derecho ya otorgado desde 1921 a la Interrupción Legal de Embarazo (ILE), empujar a las personas que deciden abortar a condiciones inseguras y de clandestinidad y coartar la autonomía de nuestros cuerpos a mujeres y personas con capacidad de gestar”.

“El misoprostol para la realización de abortos seguros es un medicamento esencial según la Organización Mundial de la Salud (OMS). El acceso al mismo como bien social no puede estar condicionado por amparos sin sustento científico ni jurídico de asociaciones antiderechos”, alertaron. Al respecto, las organizaciones agregaron que “el uso ambulatorio de misoprostol tiene sobrada evidencia científica y está recomendado por la OMS, FLASOG, SOGIBA y por el protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo de nuestro país”.

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