El castigo físico de padres a hijos configura un delito

El castigo físico de padres a hijos configura un delito

El juez de Villa Cura Brochero, José María Estigarribia, negó el pedido de sobreseimiento formulado a favor de un hombre imputado por castigar” con golpes a su hijo de ocho años. De esta manera, según un comunicado del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, se configuró el delito de lesiones leves cuando padre castiga físicamente a su hijo para corregirlo.

En su resolución, el magistrado señaló que, a partir de la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, en agosto de 2015, quedó absolutamente prohibido todo tipo de violencia física de los padres hacia los hijos menores de edad. Además, enfatizó que este cambio de paradigma se encuentra dentro del marco de la erradicación de la violencia doméstica o familiar y recordó que del poder de corrección” se pasó al deber de los progenitores de prestar orientación y dirección”.

En la misma resolución, el juez sostuvo que, en la normativa vigente, las laceraciones corporales infringidas por un progenitor sobre su hijo o hija se encuadran en la figura de lesiones, por más leves que se presenten. También dijo que no puede alegarse para su justificación facultades coercitivas derivadas del vínculo paterno-filial.

El juez Estigarribia también aclaró que el cambio de paradigma no implica la renuncia a la obligación de los progenitores de educar a sus hijos. Por el contrario, hace que pierda vigencia la idea de que en la educación parental importa someter al hijo”. A su vez, el magistrado recordó se propicia acompañar, guiar, contener, empatizar, comprender, perdonar, ofrecer alternativas, hacer autocrítica, negociar, escuchar y ser ejemplo y modelo de lo que queremos que hagan o sean nuestros niños, niñas y adolescentes”.

En suma, el magistrado concluyó que los indicios unívocos valorados en el caso constituyen un comportamiento de maltrato doméstico que consolida un patrón de dominación violenta y de afección a la integridad y dignidad del niño y que ese mecanismo es penalmente reprochable.

El hecho juzgado ocurrió en 2017, en el departamento San Javier del interior provincial. De acuerdo a la resolución, el imputado, con la intención de causar daño en la salud de su hijo menor, le habría aplicado, en reiteradas ocasiones, golpes de puño y con un cinto. El maltrato le provocó al niño, según el informe de la médica forense Julia Cristiano, lesiones en la región torácica, excoriaciones lineales en ambos antebrazos y múltiples excoriaciones lineales en rodillas y piernas.

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