La Justicia de Córdoba declaró la nulidad de un despido impuesto por el call center Voicenter S.A. y la consecuente e inmediata reincorporación de una trabajadora a su puesto. La medida determinó también que la firma deberá abonar los salarios caídos hasta la fecha, de acuerdo a la escala salarial vigente de la actividad.
De esta manera, el fallo judicial se convirtió en el primer caso de la Argentina en que un trabajador despedido durante la vigencia del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (Aspo) decretado por el gobierno nacional, es reincorporado a su puesto laboral por la gestión y aval de la figura sindical.
Tatiana Uran ingresó a trabajar bajo relación de dependencia laboral en marzo de 2020 y, frente al marco de la pandemia, comenzó a desarrollar sus labores mediante teletrabajo, actividad que desarrolló hasta junio último, momento en que fue desvinculada, sin previo aviso, y sin expresión de causa alguna.
La gestión para lograr la reincorporación de Uran, llevada a cabo por el cuerpo jurídico y legal de la Asociación de Trabajadores Argentinos de Centros de Contactos (Atacc), gremio que nuclea a los trabajadores de la actividad de centros de contactos, procesos de negocio y teletrabajo en el territorio nacional, tuvo por fundamento la conducta antijurídica y arbitraria desarrollada por la accionada en contra de la norma expresa que prohíbe, desde el mes de marzo pasado, las cesantías en el país.
El fuero laboral consideró que la medida impuesta por Voicenter S.A. colocó a la trabajadora en una situación de absoluta vulnerabilidad, ya que la privó de su único ingreso con el que afrontaba el pago de alquiler, impuestos, servicios, además de gastos de alimentación e higiene personal.