La Corte Suprema ratificó el fallo por el atentado en Río III

Las autoridades de la fábrica militar habían recibido condenas de entre 10 y 13 años

La Corte Suprema ratificó el fallo por el atentado en Río III

La Corte Suprema de Justicia dejó firmes las condenas por la voladura de la fábrica militar de Río Tercero ocurridas en noviembre de 1995. De esta manera, se ratificaron el jueves pasado las penas que van entre 10 y 13 años de prisión a tres militares retirados, por los hechos que dejaron un saldo de siete muertos, 300 heridos y decenas de casas destruidas. Así, quedó confirmada la hipótesis de que lo sucedido fue un atentado explosivo intencional, que tuvo como objetivo borrar pruebas de la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador” durante el gobierno de Carlos Menem”. Los condenados son los entonces directores General de la Fábrica Militar, de Producción y de Coordinación Empresaria: Jorge Antonio Cornejo Torino, Carlos Franke y Edberto Gónzalez de la Vega, respectivamente, que recibieron 13 años de prisión.

En tanto, Marcelo Gatto, entonces jefe de Producción Mecánica, recibió 10 años. Todos fueron encontrados culpables del delito de estrago doloso seguido de muerte. Esta decisión dejó firme la sentencia del 19 de diciembre de 2017, que habían firmado los jueces de la Sala III de la Cámara de Casación, Alejandro Slokar, Angela Ledesma y Gustavo Hornos, en la que se habían confirmado las condenas. En el fallo, estos camaristas habían señalado que el incendio fue intencional y programado. Los jueces también afirmaron que el atentado buscó justificar el faltante de armas producida a partir del envío secreto de armas a Ecuador y Croacia, ocurrido en la presidencia de Carlos Menem, quien murió el 14 de febrero pasado, cuando la Corte revisaba su absolución.

La jueza Ledesma, en su voto, había sostenido que la explosión fue producto de decisiones adoptadas por los más altos niveles con la debida participación además de altos funcionarios de la Dirección General de Fabricaciones Militares y especialmente de la Fábrica Militar Río Tercero”. En la misma línea, el juez Hornos apoyó las conclusiones de Ledesma y enfatizó que, si bien pasaron más de 20 años desde los hechos, no puede ignorarse que fueron perpetrados con todos los recursos y garantías de impunidad que el accionar con la aquiescencia del Estado conlleva.

En tanto, los peritajes determinaron que la explosión comenzó porque se estalló un tambor cargado con trotyl de descarga, donde el fuego fue iniciado intencionalmente”. Asimismo, los jueces explicaron que la iniciación de la llama en el tambor se produjo por efecto programado, utilizando artefactos electrónicos existentes en el mercado, como por ejemplo un celular”. La explosión en donde el material bélico que iba a salir del país era reacondicionado” se produjo mientras la Justicia comenzaba su investigación, la cual concluyó con las condenas a los mandos militares el jueves pasado. La voladura de la fábrica militar destruyó la ciudad, mató a siete personas y dejó más de 300 heridos, además de decenas de casas dañadas.

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