La Cámara Nacional de Casación Penal anuló la condena que el Tribunal Federal 2º de Córdoba le había impuesto el año pasado a Juan Carlos Barrera y a sus hijos a tres años de prisión por intermediación financiera no autorizada.
El defensor Sebastián Becerra Ferrer manifestó que “la Cámara de Casación Penal revocó la condena impuesta porque entendió que no estaban probados esos hechos, y que no se habían seguido los informes del Banco Central de la República Argentina”.
Asimismo, agregó que “esta anulación va a tener consecuencias en las restantes causas, y a partir de esto las imputaciones de asociación ilícita y de estafas por administración fraudulenta tendrán sus inferencias”.
El defensor entiende que, considerando que solo se tratan de 10 hechos y que fueron resarcidas las víctimas, esta supuesta asociación ilícita perdería el “núcleo y su sentido”.
En fin, la decisión del tribunal nacional se dio el lunes, por mayoría, ante la resolución de la Sala 4º de Casación Penal integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo M. Hornos, este último, en desacuerdo con la decisión.