La Corte Suprema de Justicia de la Nación se declaró ayer incompetente ante el amparo presentado por el gobierno provincial, que promovió una causa contra el Banco Central de la República Argentina (BCRA) para acceder al mercado de cambios y pagar su deuda externa. Asimismo, resolvió que el expediente debe tramitarse en el Juzgado Federal número 2 de Córdoba.
A través de la comunicación oficial “A” 7782, el Central le impidió al gobierno de Córdoba el acceso al mercado de cambios para adquirir las divisas necesarias para cancelar la totalidad de su deuda externa en las fechas acordadas con sus acreedores externos. “Los gobiernos locales deberán afrontar los vencimientos de capital que correspondan a emisiones de títulos de deuda con registro en el exterior, otros endeudamientos financieros con el exterior y emisiones de títulos de deuda con registro público en el país denominados en moneda extranjera”, señaló el BCRA hace un mes en un comunicado.
En ese sentido, el gobernador Juan Schiaretti rechazó “la Resolución del Banco Central que niega a las provincias el acceso a la compra de dólares en el mercado único de cambio para la amortización de deudas en moneda extranjera”.
El 9 de junio de este año, la administración provincial debía afrontar un pago de cerca de US$ 143 millones, correspondiente al capital e intereses de un endeudamiento contraído con acreedores del exterior, debidamente registrado. Esa obligación fue cancelada en tiempo y forma. En este mes, octubre y diciembre tiene otros vencimientos por aproximadamente US$ 140 millones.
En su presentación, Córdoba había advertido que la mencionada restricción “implica causar la cesación de pagos con sus acreedores del exterior y la pérdida de su crédito público, afectando, consecuentemente, su autonomía constitucionalmente garantizada”. Además, aclaró que no pretende que el BCRA le venda las divisas para cancelar sus obligaciones, sino que la habilite a ingresar al mercado de cambios para adquirirlas por el monto necesario para ello.
Destacó, también, que el Estado provincial obtiene sus recursos del cobro de tributos en moneda local y tiene derecho a utilizarlos como lo decidan sus autoridades, y agregó que, al momento de asumir el endeudamiento a saldar, el propio gobierno nacional dio su conformidad a través de una resolución del Ministerio de Economía de la Nación.
Lo cierto es que en la víspera, la Suprema Corte se declaró incompetente del amparo realizado por el mandatario cordobés ante la entidad financiera. El máximo tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, entendió que el hecho de que la Provincia haya promovido la acción ante la Justicia Federal debe ser considerado como una “clara renuncia a la prerrogativa que le confiere el artículo 117 de la Constitución Nacional” (competencia originaria de la Corte en los casos en que una provincia sea parte).
Sin embargo, la procuradora fiscal dictaminó que, en atención a la naturaleza de las partes que han de intervenir en el pleito, el caso corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema.
El 6 de junio de 2023, el titular del Juzgado Federal de Córdoba número 2 también había declarado su incompetencia y ordenó la remisión digital de las actuaciones a la Corte. Además, dispuso la suspensión cautelar de las medidas dispuestas por el BCRA para permitirle a la Provincia acceder al mercado de cambios.