Con la publicación de la Resolución General 4.394/2019, la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) puso ayer en marcha el mecanismo que gravará las ganancias financieras que obtuvieron las personas a partir de 2018. El documento prevé un intercambio de información entre las entidades bancarias y sus clientes, una declaración jurada nueva y una advertencia vía web de la Afip para cada contribuyente.
Cabe recordar que el Gobierno reglamentó en los últimos días del año pasado la modificación del Impuesto a las Ganancias para que ese tributo comience a aplicarse también sobre las rentas originadas por actividades financieras. El impuesto, que será anual y pagado este año, alcanzará a las personas que hayan obtenido ganancias superiores a los 67.000 pesos durante 2018.
Según lo dispuesto por la Afip, los contribuyentes deberán elaborar una nueva declaración jurada especial y luego presentarla en junio de este año. Para elaborar el documento, las entidades bancarias deberán suministrarles a sus clientes los datos necesarios respecto de sus ganancias financieras. Por otro lado, el Gobierno oficializó también las retenciones a las exportaciones de servicios de cuatro pesos por dólar hasta el 31 de diciembre de 2020.
La medida entrará en vigencia el 1° de enero de 2019 y surtirá efecto para las operaciones que sean prestadas y facturadas a partir de esa fecha. Se trata de los servicios de software, profesionales, de consultoría que se presten en Argentina para ser utilizados en el exterior.