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El Gobierno congela alquileres y créditos UVA hasta febrero de 2021

Hoy Dia Córdoba Por Hoy Dia Córdoba
25 de septiembre de 2020
El Gobierno congela alquileres y créditos UVA hasta febrero de 2021

La vicejefa de Gabinete de Ministros, Cecilia Todesca Bocco, confirmó ayer por la tarde que el gobierno nacional extenderá el congelamiento los alquileres y extenderá las prohibiciones de desalojo a los inquilinos morosos hasta fin de año. Esta medida, al igual que las innumerables políticas que se anuncian día a día, apunta a asistir a la población en el marco de la crisis económica que vive el país profundizada gravemente por la pandemia de coronavirus. 

La funcionaria adelantó que el Ejecutivo prolongará también el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que mantiene las cuotas de los créditos hipotecarios UVA. Los dos decretos ya están escritos, lo que puedo anticipar, porque todavía no están firmados, es que nosotros vamos a seguir acompañando a la gente que alquila porque entendemos que estos meses han sido difíciles, que las familias todavía no han podido recuperar todo el ingreso que han perdido producto de la pandemia”, indicó Todesca en declaraciones radiales.

En cuanto a los préstamos, la vicejefa de Gabinete, que en los últimos meses ha tomado un rol mucho más visible e importante dentro de la toma de decisiones, consideró: Nos parece que hay que acompañar a la gente que alquila y en el mismo sentido el tema de los créditos UVA para vivienda única de hasta 120.000 UVAs también seguir con el congelamiento”. La idea es hacer luego un cronograma para ir ajustando lentamente en 18 meses la cuota a lo que hubiese correspondido, de manera tal que para las familias no sea un golpe de un día para el otro”, señaló.

Por otra parte, Todesca se refirió a la continuidad de las medidas una vez finalizado este 2020. Para el año que viene no tenemos paquete Covid. Vamos a usar los recursos que tenemos de otro modo que van a reactivar el empleo”, indicó. Y agregó: Entendemos que el año que viene, vacuna mediante, el mejor esfuerzo que puede hacer el sector público es inversión públicay salir de los paquetes de asistencia”.

Inquilinos piden extenderlo hasta marzo

Si bien desde las entidades nacionales que agrupan a inquilinos celebraron esta nueva prórroga, solicitaron que la misma se extienda hasta fines de marzo del año que viene. En principio, desde la Federación de Inquilinos Nacional, así como un proyecto de ley enviado a la Cámara de Diputados por la representante de la bancada de Unidad Ciudadana Fernanda Vallejos, sostienen que la ampliación debería extenderse hasta el 31 de marzo de 2021.

Cabe destacar que Todesca había dejado entrever hace algunos días la posibilidad de que la extensión sea más allá del 31 de diciembre próximo, lo que llevó tranquilidad a los inquilinos. Desde la entidad que representa a personas que alquilan en distintos puntos del país consideraron a través de un comunicado que la extensión del decreto y la ley de alquileres son dos medidas profundamente protectoras que desde la Federación vamos a defender hasta su total cumplimiento por parte del mercado inmobiliario”.

El Gobierno prorrogó las medidas hasta el 31 de enero de 2021

El Gobierno nacional prorrogó anoche el congelamiento de los precios de alquileres y la suspensión de los desalojos por falta de pago, así como la imposibilidad de modificar el valor de las cuotas de los créditos hipotecarios, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.

A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el Poder Ejecutivo extendió hasta el 31 de enero de 2021 la suspensión de los desalojos, el plazo de vigencia de los contratos y el congelamiento de los precios de los alquileres.

La norma prorroga hasta febrero de 2021, el inicio del pago de las deudas por diferencia de precio en los mismos términos y condiciones, y hasta el 31 de enero de 2021 para las deudas por falta de pago.

Por otra parte, se extiende la mediación obligatoria por el plazo de 6 meses, a partir del 30 de marzo de 2021, y la suspensión establecida con anterioridad.

Entre otras cosas, esto implica prolongar el congelamiento del valor de las cuotas de créditos hipotecarios hasta el 31 de enero próximo, con lo que seguirá vigente el de marzo cuando se dictó la emergencia sanitaria en todo el país.

También dispone suspender las ejecuciones hasta la misma fecha, sean «hipotecarias, judiciales o extrajudiciales». La norma además alcanza a los «lanzamientos ya ordenados» y que no se hubiesen llevado a cabo.

Además, establece que las cuotas de créditos hipotecarios que recaigan sobre inmuebles destinados a vivienda única y deban pagarse entre el 1° de febrero de 2021 y el 31 de julio de 2022 no podrán superar el valor determinado en un esquema de convergencia elaborado por el Poder Ejecutivo.

En tanto, el artículo 4 dispone que desde las 0 horas del 25 de septiembre y hasta el 31 de julio de 2022, las entidades financieras deberán habilitar una instancia para considerar la situación de aquellos clientes que acrediten que el importe de la cuota a abonar supera el 35 por ciento de sus ingresos actuales. Además, las insta a «contemplar situaciones especiales debidamente acreditadas que deriven en una variación de los deudores/codeudores considerados o deudoras/codeudoras».

En otro punto, se fija que las deudas que pudieren generarse desde el 1° de octubre de 2020 y hasta el 31 de enero del año 2021, originadas en la falta de pago o por pagos realizados fuera de plazo o por pagos parciales, podrán ser convertidas a Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) y refinanciadas a pagar a partir de la finalización del cronograma vigente del préstamo, en cuotas que no podrán superar la cuota original del préstamo.

Además, señala que de aplicar intereses compensatorios, estos no deberán exceder la tasa de interés del préstamo original.

Finalmente, determina que las deudas acumuladas previstas por los artículos 6° y 7° del Decreto N° 319/20 podrán ser refinanciadas, y agrega que «las partes podrán pactar una forma de pago distinta que no podrá ser más gravosa para la parte deudora».

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