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Emergencia

El Gobierno evalúa qué hacer con los subsidios a la energía aún vigentes

Existe preocupación por la posibilidad de cortes de luz en el verano

Redacción Por Redacción
20 de noviembre de 2024
El Gobierno evalúa qué hacer con los subsidios a la energía aún vigentes

El Gobierno prorrogó la emergencia energética hasta el 9 de julio de 2025, según un decreto publicado en el Boletín Oficial.

De esta forma, posterga la normalización regulatoria de la energía eléctrica y el gas, prevista originalmente para que estuviera lista como máximo este 31 de diciembre de 2024.

Esas revisiones se pondrían en marcha «lo más pronto posible», según fuentes oficiales. Ahora, el nuevo plazo se llevó a enero y febrero 2025.

Las compañías trabajan en la presentación de los documentos con las previsiones de sus negocios entre el año que viene y 2030.

El ministro de Economía, Luis Caputo, estima aplicar el final del esquema actual de segmentación de subsidios antes de fin de año.

El objetivo es terminar la división entre los usuarios N1 (Nivel 1 – «Ingresos altos»), N3 (Nivel 3 – «Ingresos medios») y N2 (Nivel 2 – «Ingresos bajos») para ir hacia un sistema de hogares sin subsidios, que paguen el costo real de abastecimiento de la energía y otros con la ayuda del Estado nacional mediante la tarifa social.

En tanto, la emergencia energética prorroga la transición tarifaria, lo cual abre la puerta a continuar con los aumentos de tarifas mensuales a discreción del Gobierno, sin un marco regulatorio vigente.

Además, contempla que continuarán las intervenciones del ENRE y Enargas hasta la constitución del futuro Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, que absorberá a ambos.

El decreto extiende la vigencia del DNU 55/2023, por entender que «persisten aún las circunstancias» que motivaron su promulgación al comienzo de la gestión actual.

La extensión de la emergencia se decidió frente a la proximidad del plazo fijado en el decreto original, el 31 de diciembre de 2024.

El decreto 1023/2024 publicado este miércoles dice que «resulta de público conocimiento que el Gobierno Nacional ha recibido una herencia institucional, económica y social gravísima, por lo que es imprescindible adoptar medidas que permitan superar la situación de emergencia generada por las excepcionales condiciones económicas y sociales que la Nación padece, especialmente como consecuencia de un conjunto de decisiones intervencionistas adoptadas por pasadas administraciones».

Señala que «en lo que respecta al sector energético, la referida herencia se ha verificado en la vulnerabilidad y el estado crítico en 3 aspectos claves: (a) en el sistema económico recaudatorio; (b) en la funcionalidad de las instalaciones para asegurar el suministro actual y futuro; y (c) en la falta de señales de mercado para la oferta y la demanda».

Por tal razón, explicó, «resulta indispensable y urgente extender la declaración de emergencia hasta el 9 de julio de 2025, con el fin de permitir que los órganos competentes continúen adoptando las medidas necesarias para asegurar la continuidad en la prestación de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y de gas natural».

Esa extensión de la emergencia abarca también «la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios resultante de los procesos de revisión tarifaria en curso», y «la intervención de los Entes Reguladores, con el fin de ordenar y unificar los tiempos, acciones y objetivos previstos en las disposiciones reseñadas».

Asimismo, el decreto instruye a la Secretaría de Energía a «mantener en términos reales los niveles de ingresos y cubrir las necesidades de inversión, para seguir garantizando la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural en condiciones técnicas y económicas adecuadas para los prestadores y los usuarios».

La norma invita a las provincias a coordinar acciones con la Secretaría de Energía para reforzar la prestación de los servicios eléctricos bajo sus jurisdicciones. Según el texto, «resulta conveniente y razonable prorrogar el Decreto N° 55/23 en lo atinente a los plazos de la emergencia declarada (…) con el fin de ordenar y unificar los tiempos, acciones y objetivos previstos».

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