En noviembre de 2023, los salarios formales en la Argentina subieron solo un 6,3%, de acuerdo con el índice de Remuneración Imponible de Trabajadores Estables (Ripte) y perdieron contra la inflación. Esto sin contar aquellos ingresos de trabajadores informales, quienes carecen de una representación gremial en las negociaciones salariales.
Paralelamente, el Ripte mostró que desde finales de 2015 el poder de compra de los sueldos sufrió una disminución acumulada del 28%, con 20 puntos atribuibles al gobierno de Mauricio Macri y ocho puntos al de Alberto Fernández. De esta manera, el aumento de los salarios es significativamente bajo en comparación con la inflación del 12,8% registrada en noviembre.
En los últimos cuatro meses, marcados por la devaluación del peso y un fuerte aumento de los precios, los sueldos formales crecieron un 37,6% frente a una inflación del 54,8%, lo que representa una pérdida adquisitiva del 11,1%.
En este marco, los principales damnificados son los sectores de menores recursos, que destinan la mayor parte de sus ingresos al consumo de bienes esenciales. En los pequeños almacenes, calculan que las ventas cayeron 50% en diciembre y prevén una dinámica similar para los próximos meses. En el caso de las estaciones de servicios, la caída llega hasta un 20% y lo mismo ocurre en la construcción.
Si bien algunos empresarios esperan cierto rebote en el segundo semestre, las perspectivas para 2024 son negativas y para para enero proyectan una inflación de hasta un 28%.
Ante este panorama, el sueldo básico sigue pendiente de actualización desde diciembre por el gobierno de Javier Milei y se ubica en $ 156.000. En dólares, corresponde al penúltimo más bajo de Latinoamérica (US$ 152), según la consultora Statist. Venezuela, con US$ 3,61, tiene el más bajo de toda la región, en la que Costa Rica encabeza la medición, con US$ 687, que supera a la Argentina en cuatro veces y media.
Nuevos contratos de alquiler, tras el DNU
Los alquileres quedaron liberados al común acuerdo entre inquilinos y propietarios a partir de la entrada en vigencia del decreto de necesidad y urgencia (DNU), y lo que prevalece en estos primeros días es la firma de contratos con duración de dos años y actualización trimestral en base a la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
A partir de la entrada en vigencia del DNU 70/2023, que entre otras cosas derogó la Ley de Alquileres, los nuevos contratos dejaron de tener un plazo mínimo legal y hay libertad absoluta para determinar el precio, la moneda de pago y el mecanismo de ajuste.
Esta desregulación convive con contratos aún vigentes de las dos versiones de la Ley de Alquileres: la del 2020, con contratos de tres años y actualización anual por Índice de Contratos de Locación (ICL) y la modificación que se introdujo en octubre 2023, con contratos de tres años y actualización semestral por Coeficiente de Variación Salarial (CVS).