El Banco Central de la República Argentina dispuso que las entidades financieras obligadas a reportar cuentas de no residentes a la AFIP deben instrumentar estándares internacionales en materia de identificación de dichos clientes, informó la autoridad monetaria.
«Las entidades financieras deberán requerir a sus clientes no residentes una declaración jurada que incluye, para personas humanas y jurídicas, la información sobre el país de residencia fiscal y el número de identificación fiscal, dirección, controlantes, entre otros datos», señaló el BCRA en un comunicado.
Las entidades alcanzadas tendrán un plazo de 60 días para dar cumplimiento al requerimiento de la referida declaración jurada para el caso de las cuentas existentes y de 10 días para las nuevas cuentas.
Según señaló el BCRA, esta decisión «se enmarca en la colaboración coordinada por la AFIP con los organismos de contralor de entidades financieras a los fines de dar cumplimiento efectivo a las verificaciones a las que se encuentra obligada Argentina en el marco del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes».