Nuevo criterio para otorgar la prisión a madres o embarazadas

Nuevo criterio para otorgar la prisión a madres o embarazadas

La Cámara Federal de Casación Penal dejó planteado ayer un nuevo criterio para otorgar arresto domiciliario a aquellas mujeres detenidas en cárceles que se encuentren embarazadas o tengan hijos menores de cinco años. La mayoría de los jueces aseguraron que esas recomendaciones están basadas en un tema humanitario y prioritario que involucra dos colectivos vulnerables y dentro de la existente emergencia carcelaria.

La acordada fue firmada por la presidenta de Casación, Ángela Ledesma, junto a los jueces Ana María Figueroa, Daniel Petrone, Diego Barroetaveña, Guillermo Yacobucci, Alejandro Slokar, Carlos Mahiques, Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos. Los jueces Eduardo Riggi y Liliana Catucci firmaron en disidencia. Juan Carlos Gemignani no suscribió por hallarse en uso de licencia. Esta resolución toma especial relevancia para el caso de Flavia Saganías, quien fue condenada a 23 años de prisión y es madre de cinco chicos, dos de ellos mellizos de dos años y medio. Desde hace varios días, organizaciones sociales y feministas reclaman que la mujer de 40 años reciba la prisión domiciliaria.

Los magistrados estimaron que la Ley 26.472 incorporó la posibilidad de que las mujeres embarazadas y con hijos e hijas menores de cinco años puedan acceder al arresto domiciliario, no obstante lo cual aún se verifica que existen mujeres en estado de gravidez que permanecen detenidas y también niños y niñas que continúan viviendo en prisión junto a sus madres, cuya situación deber ser atendida con especial cuidado a los fines de cumplir con los estándares exigidos por el derecho internacional de los derechos humanos, con rango normativo conforme el artículo 75 inciso. 22 de la Constitución Nacional.

Casación detectó que al 18 de febrero del 2020 existían 21 mujeres privadas de la libertad con sus hijas/os y cuatro en estado de gravidez. De acuerdo a los datos revelados por distintos informes, las mujeres podrían estar enfrentando dificultades para acceder a los derechos de salud e higiene, alimentación, educación y vínculos personales, debido a la falta de suministros y a las deficiencias de infraestructura propias del sistema penitenciario”.

Casación explicó que frente a esta situación resulta imperioso brindar una solución alternativa a la prisión. Al respecto se recordó que el derecho a la libertad constituye la regla general que debe regir durante el proceso y que la incorporación del catálogo de medidas alternativas al encierro que prevé el nuevo Código Procesal Penal Federal brinda mecanismos para atender el problema de las mujeres procesadas en estado de gravidez y/o con hijos e hijas en detención preventiva.

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