El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba resolvió que el complejo para el tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos (RSU) del Área Metropolitana Córdoba podrá instalarse en el departamento Santa María, siempre que el borde externo del predio se ubique a un mínimo de 4 kilómetros de la localidad de Villa Parque Santa Ana (VPSA).
Asimismo, la empresa CORMECOR SA deberá cumplir con estrictos requisitos técnicos, como el control de gases y olores, además de garantizar la representación de los vecinos en la Comisión Técnico-Social encargada de supervisar el cumplimiento de las metas del proyecto.
El TSJ hizo lugar de manera parcial a las apelaciones presentadas por CORMECOR, la Municipalidad de Córdoba y la Provincia contra la sentencia de la Cámara Contencioso-Administrativa de Primera Nominación. Dicho tribunal había anulado la instalación del complejo al considerar que la ubicación propuesta, a solo 1 kilómetro de VPSA, no cumplía con los requisitos socioambientales adecuados.
El fallo del TSJ señaló una contradicción en la resolución de la Cámara, ya que esta habilitó la acción de amparo sin declarar nulas las resoluciones administrativas que avalaban el estudio de impacto ambiental (EIA) y la licencia ambiental para la instalación del predio. Como resultado, el TSJ anuló parcialmente la autorización, prohibiendo la instalación del complejo a 1 kilómetro de VPSA y estableciendo la distancia mínima recomendada por el Instituto Superior de Estudios Ambientales (ISEA) de la Universidad Nacional de Córdoba: 4 kilómetros.
Además de la distancia obligatoria, el TSJ enfatizó la necesidad de cumplir con recomendaciones previas, como establecer una zona de restricción absoluta de 2 kilómetros alrededor del predio y una zona «buffer» con uso especial de otros 2 kilómetros. Estas condiciones ya habían sido sugeridas por la Comisión Técnica Interdisciplinaria (CTI), en cumplimiento de la Ley de Políticas Ambientales (N.º 10208).
Un problema ambiental que debe abordarse con responsabilidad
El TSJ condicionó la autorización conferida a CORMECOR a que cumpla una serie de recaudos, a partir de los cuales la Secretaría de Ambiente deberá complementar la actual licencia. Asimismo, ponderó que la resolución de la difícil y compleja causa prueba que el tema del tratamiento y disposición final de los RSU de los grandes conglomerados urbanos “no debe considerarse como una suerte de tabú social”, sino que “tiene que ser afrontado con la seriedad y responsabilidad social que cabe”.
El TSJ fue terminante: “La presente causa ha abierto la oportunidad para asumir uno de los problemas ambientales más difíciles (el del destino de los RSU) y para gestionarlo de la forma más responsable, más rigurosa, más transparente, más participativa y con el mayor control (ciudadano, administrativo y jurisdiccional)”.
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