La ANMAT ha prohibido la comercialización de repelentes contra el mosquito Aedes aegypti que no cumplen con las regulaciones sanitarias necesarias para prevenir enfermedades como el dengue, el zika y la fiebre chikungunya.
Esta medida, oficializada a través de la Disposición 7502/2024, afecta a productos de la marca Chakra Profesional, como el «Repelente natural de Aedes aegypti», «Repelente natural de mosquitos» y «Repelente de vainilla extracto natural».
La investigación que condujo a esta prohibición se inició tras recibir una alerta del Sistema de Cosmetovigilancia de la ANMAT sobre la venta de estos productos en plataformas en línea, los cuales no estaban registrados en la base de datos del organismo.
Además, la ANMAT también había ordenado anteriormente retirar del mercado otro repelente, de la marca Elohin Coof, por no cumplir con las normativas sanitarias correspondientes. Estas prohibiciones se deben a la falta de garantías sanitarias en la fabricación y formulación de los productos, así como a la ausencia de registros en la base de datos de la ANMAT, lo que indica que no se sometieron a los controles necesarios para verificar su seguridad e higiene.
El mosquito Aedes aegypti, transmisor de enfermedades como el dengue, el zika y la chikungunya, representa una preocupación constante en Argentina, especialmente durante los meses de calor. Por ello, la ANMAT destaca la importancia de que los productos repelentes cumplan con todas las autorizaciones y controles sanitarios requeridos. La fiscalización de estos productos, tanto en medios electrónicos como en puntos de venta físicos, es fundamental para garantizar el cumplimiento de las normativas sanitarias en todo el país.
La prohibición de estos repelentes no se limita solo a los productos de las marcas Chakra Profesional y Elohin Coof, sino que también abarca otros productos que no cumplen con los estándares sanitarios necesarios.
La ANMAT ha instruido a diversas dependencias nacionales y provinciales para que tomen las medidas correspondientes en el marco de sus competencias, con el objetivo de asegurar la protección de la salud de los consumidores.