En mayo de 2024, la jueza María de los Ángeles Morello emitió un fallo crucial en la Justicia de Córdoba en el caso «M., J. y Otro c/Club Atlético Belgrano – Amparo Ley 4915», destacando las deficiencias en la reglamentación de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) en relación con los derechos de los menores en el ámbito deportivo. Este fallo pone en el centro del debate la normativa vigente sobre los pases libres y la protección de los derechos de los menores en el fútbol federativo argentino, subrayando la necesidad de adecuaciones urgentes en la normativa de la AFA.
El caso comienza cuando los padres de S. M. S., un menor que jugaba en el Club Atlético Belgrano, presentan una Acción de Amparo debido a la negativa del club de otorgar el «pase libre» que permitiría al niño continuar su carrera deportiva en otra entidad por mudanza familiar. Los padres sostienen que esta negativa vulneraba derechos fundamentales del menor, reconocidos tanto por la Convención sobre los Derechos del Niño como por la legislación nacional al no permitir la liberación del pase.
Por su parte, el Club Atlético Belgrano solicitó el rechazo de la acción de amparo negando cualquier afectación a los derechos del menor y cuestionó la veracidad de la inminente mudanza de la familia, hecho en el que se basaba gran parte de la reclamación de los padres. El club también sostuvo que la solicitud de los padres carecía de fundamentos sólidos y que no se había seguido el procedimiento administrativo adecuado, según lo estipulado por la AFA, para gestionar este tipo de transferencias.
Tras analizar las pruebas presentadas por ambas partes, la jueza Morello consideró lesionado el derecho del menor y puso énfasis en tres aspectos.
El primero de ellos es la protección de la familia y del menor: la familia es el entorno principal para el desarrollo integral de los niños, como lo ha destacado la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La negativa del club a otorgar el pase libre interfiere con el bienestar del niño y su derecho a continuar desarrollándose en un entorno familiar estable.
El segundo aspecto es la lesión objeto de la acción de amparo: la jueza consideró que la negativa del club se trataba de una vulneración clara y directa a su bienestar.
El tercer punto responde a la reglamentación deportiva: en cuanto a la normativa aplicable, se refirió tanto a la Ley 27.211, que regula el derecho de formación deportiva, como al Reglamento General de la AFA. Consideró que las lagunas en esta reglamentación permiten situaciones como la que enfrentaba el menor, donde no existen protecciones adecuadas para su desarrollo integral. En base a las consideraciones analizadas, la jueza ordenó al club de barrio Alberdi otorgar el pase deportivo a S. M. S. una vez que se acreditara la mudanza de la familia a otra ciudad y se confirmara el nuevo club en el que el niño continuaría su práctica deportiva. Exhortó a la AFA a actualizar su Reglamento General para eliminar los obstáculos que impiden a los menores obtener su pase libre. Señaló que la normativa actual carece de mecanismos claros y efectivos para garantizar la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en el fútbol federativo. Además, subrayó que las disposiciones vigentes no se alinean adecuadamente con los compromisos internacionales asumidos por Argentina en materia de derechos humanos y protección infantil, particularmente los estipulados en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Entre las disposiciones de la jueza, se incluye la necesidad de regular aspectos específicos como el fichaje de menores, los procedimientos para la obtención de pases libres y las convenciones entre clubes que afecten a los derechos de los menores y sus representantes.
Al respecto nos preguntamos: ¿cómo y qué regula la AFA?
La normativa del ente rector del fútbol argentino actualmente regula la inscripción, fichaje y transferencia de jugadores mediante el uso de fichas uniformes que incluyen detalles del jugador, como su autorización paterna en el caso de menores. Sin embargo, la normativa no especifica adecuadamente las condiciones para la liberación de pases en casos como el de S. M. S., lo que deja un vacío legal que afecta directamente los derechos de los menores.
Como corolario podemos afirmar que el fallo de la Justicia de Córdoba en el caso de S. M. S. no solo resolvió una disputa puntual, sino que expuso una problemática mayor en la reglamentación de la AFA sobre la protección de los menores en el fútbol argentino. Al no contar con regulaciones claras y actualizadas, la AFA pone en riesgo el desarrollo deportivo y personal de muchos jóvenes. Este caso subraya la urgencia de realizar reformas normativas que garanticen el cumplimiento de los estándares constitucionales e internacionales en materia de derechos de la niñez, evitando que intereses mercantiles prevalezcan sobre los derechos fundamentales de los menores.