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Suspenden la aplicación del DNU que reduce las indemnizaciones

Hoy Dia Córdoba Por Hoy Dia Córdoba
10 de octubre de 2019
Suspenden la aplicación del DNU que reduce las indemnizaciones

La justicia laboral frenó ayer con dos fallos el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Mauricio Macri que redujo las indemnizaciones que deben pagar las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) por accidentes de trabajo. En los tribunales ya habían adelantado que el DNU era inconstitucional y solo era una cuestión de tiempo que el primer juez del fuero laboral que tuviera que resolver al respecto, lo anularía, tal como ocurrió en la víspera.

Por un lado, el juez Fernando Vilarulo hizo lugar a una medida cautelar solicitada por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y suspendió la aplicación del decreto 669 publicado hace diez días en el Boletín Oficial, cuando entraba formalmente en vigencia. El magistrado tomó los argumentos del fiscal Gabriel De Vedia, que dictaminó que el Poder Ejecutivo se arrogó facultades legislativas vedadas por la Constitución y consideró que los argumentos carecían de razonabilidad y justificación para eludir la intervención del Congreso.

De Vedia analizó en el dictamen que la aplicación de la Tasa Ripte en lugar de la Tasa Activa del Banco Nación (como decretó Macri) disminuiría notablemente las indemnizaciones y sostuvo que de la lectura del decreto pareciera que se intenta dar primacía a los intereses de las empresas aseguradoras por sobre los derechos y las limitaciones de los trabajadores accidentados en ocasión del trabajo. El fiscal recordó en su dictamen que las disposiciones del derecho laboral se deben caracterizar por el espíritu “protectorio” en favor del más débil de la relación, el trabajador.

Además, cuestionó que el DNU 669/19 establece la retroactividad de la aplicación del cambio del cálculo de la actualización del monto de las indemnizaciones. Al respecto, le recordó al Gobierno que las leyes no pueden ser retroactivas excepto que así lo diga la propia norma. En igual sentido y en la misma jornada, se conoció una resolución del juez subrogante Alejandro Segura que declaró inconstitucional el artículo 3 del decreto 669, el que establecía la retroactividad de la medida. “Las modificaciones dispuestas en la presente norma se aplicarán en todos los casos, independientemente de la fecha de la primera manifestación invalidante”, decía el texto.

Para Garavano, la Corte actúa como “opositora”

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano, aseguró ayer que quiere “creer” que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) es “independiente”, aunque señaló que por sus fallos a veces parece un tribunal “opositor”. El funcionario nacional volvió a cuestionar los fallos del máximo tribunal, esta vez luego de conocerse la decisión judicial que determinó que los exiliados durante la última dictadura deben cobrar la misma indemnización que los que estuvieron detenidos en ese período.

“Los fallos no hay que leerlos como que son contra el Gobierno, porque esta diferencia la va a pagar el Estado, la vamos a pagar todos con nuestros impuestos”, aclaró Garavano, quien se mostró molesto por la decisión que adoptaron los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. “Quiero creer que es una Corte independiente, tan independiente que parece opositora”, se quejó el ministro. 

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