Los detalles del nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI), que el Gobierno aún negocia con el staff técnico del organismo, se comienzan a conocer de manera extraoficial, ya que el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) enviado por Javier Milei a Diputados para lograr su aprobación contiene poca información al respecto.
Un informe de la consultora Bullmarket, que pertenece al ex legislador libertario Ramiro Marra, reveló detalles hasta ahora desconocidos. El más importante es que el pacto despeja los vencimientos de la deuda con el propio organismo, adquirida por el actual ministro Luis Caputo en la gestión de Mauricio Macri, con el objetivo de utilizar esos dólares para el pago de bonos en moneda extranjera.
Ese mecanismo se basa en un período de gracia de 4 años y medio, con un esquema de refinanciación como el que existió en los últimos años con el Extended Fund Facility (EFF) que comenzó en marzo de 2022, sellado por el ex ministro del área Martín Guzmán. «Argentina no pagará hasta octubre del 2029», destaca el informe, que precisa que «la renovación de vencimientos será hasta 2029 por US$ 13.100 millones de capital, con extensión del plazo de devolución hasta 2035». «El alivio financiero total, contando intereses, podría ser de US$ 20.600 millones», agrega el informe, que aclara que «no se eliminan pagos solo se postergan a años posteriores».
Algunos informes de mercado proyectaron que ese plazo de gracia sin pagos netos podría incluir tanto el capital como los intereses, pero fuentes del equipo económico habrían aclarado al diario Infobae que alcanzará solamente al capital, por lo que los intereses deberán ser pagados con reservas durante ese período de gracia.
Puesto en números, según la consultora Eco Go, en esos cuatro años y medio los vencimientos de capital acumulados -entre abril de 2025, si se firmara en esa fecha, y octubre de 2029- sería superior a los US$ 18.000 millones. La mayoría estaría concentrado entre 2028 y 2029, con US$ 6.500 millones y US$ 7.030 millones, respectivamente. De esta manera, durante el mandato restante de la presidencia de Javier Milei, la cifra a pagar queda reducida a US$ 5.500 millones hasta fines de 2027. Sin embargo, Bullmarket destaca que «en 2029 vuelven vencimientos grandes, con unos US$ 12.000 millones por año entre 2031 y 2033».
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Aceleran la discusión del DNU
El oficialismo citó para hoy a la Comisión Bicameral Permanente a fin de debatir el DNU que autoriza al Gobierno a firmar un acuerdo con el FMI para cancelar las deudas con el Banco Central y reforzar las reservas. La decisión busca acelerar el dictamen a favor del DNU, con el fin de tratarlo a la brevedad en la Cámara de Diputados para blindar la iniciativa del Poder Ejecutivo. Esto es así porque la ley 26122 de DNU establece que con el respaldo de una sola cámara del Congreso queda firme la medida dispuesta por el decreto, a diferencia de una ley que requiere el aval de las dos cámaras del Congreso. A la vez, pese a las críticas unánimes a la medida, la oposición aún está lejos de articular una estrategia para voltear el DNU.
Presentaron una medida cautelar
El economista y presidente de Unidad Popular, Claudio Lozano, y un grupo de abogados y dirigentes políticos presentaron una medida cautelar para que se suspenda de inmediato la vigencia del DNU con el que el Gobierno busca avalar el acuerdo con el FMI. El amparo colectivo reclama que la Justicia “declare la nulidad absoluta e insanable y la inconstitucionalidad del DNU 179/2025 y de cada uno de los actos que deriven de su vigencia o llevados a cabo en su cumplimiento”. Según sostienen, el DNU viola varios artículos de la Constitución Nacional y el principio republicano de la división de poderes, además que “aprueba operaciones de crédito público futuras con el FMI sin especificar el contenido del programa ni establecer límites o bases para la negociación, lo que se considera una auto-delegación de facultades legislativas por parte del Poder Ejecutivo mediante un DNU”.
Incluso si se considerara posible la delegación de facultades legislativas por DNU, “este decreto no cumple con los requisitos en materias determinadas de administración o emergencia pública, con plazo fijado y con bases establecidas por el Congreso (violación del artículo 76 de la Constitución Nacional)”, agregan. También denuncian una violación del artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional porque “no se justifica la necesidad y urgencia para obviar el trámite legislativo ordinario, ya que el Congreso se encuentra en sesiones. La situación descrita no demuestra una excepcionalidad que impida la intervención del Poder Legislativo. Al no existir aún un acuerdo no se justifica la urgencia del DNU”.
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