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En Diputados

La nueva Ley ómnibus excluye el capítulo sobre biocombustibles

Diputados cordobeses presentaron un proyecto con un nuevo marco regulatorio para los combustibles renovables

RedacciónPorRedacción
12 de abril de 2024
La nueva Ley ómnibus excluye el capítulo sobre biocombustibles

La decisión del gobierno nacional de eliminar de la nueva ley ómnibus el capítulo vinculado a los biocombustibles llevó a diputados cordobeses a presentar un proyecto de ley con un nuevo marco regulatorio para los combustibles renovables.

La iniciativa, presentada por el legislador Carlos Gutiérrez y refrendada por sus pares Ignacio García Aresca y Juan Brügge, todos integrantes de Hacemos Coalición Federal (HCF), comprende todas las actividades de elaboración, almacenaje, comercialización y mezcla de biocombustibles, que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030.

Gutiérrez, autor del proyecto, manifestó su sorpresa por la determinación de la administración de Javier Milei de no incluir en el capítulo de energía de la nueva ley ómnibus a los biocombustibles: “Lo grave es que al Gobierno no le interesa el tema ni su vinculación ambiental con lo productivo, y lo deja fuera de la agenda cuando el tema tenía casi el consenso general para un nuevo marco para el sector”, sostuvo el legislador. El proyecto, que reúne el contenido que se había acordado durante la negociación en el Congreso, prevé que las naftas de origen fósil deberán contener un porcentaje mínimo y obligatorio de mezcla con bioetanol, en volumen, medido sobre la cantidad total del producto final, del doce por ciento (12%)”.

“Desde la entrada en vigor de la presente Ley y en un plazo no mayor a dos años, la autoridad de aplicación elevará la mezcla mínima y obligatoria 15% y establecerá, en un plazo no mayor a tres años, un mercado libre y voluntario para mezclas superiores”, sostiene la propuesta. En el caso del gasoil o diésel, el cronograma de mezcla prevé 10% desde la entrada en vigencia de esta; 11%, a partir del 1° de enero de 2025; 12%, a partir del 1° de enero de 2026, y 15% a partir del 1° de enero de 2028. Solamente cuando las mezclas obligatorias superen el 15% para el biodiésel y 12% para el bioetanol, el conjunto de las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos estarán autorizadas a participar en el abastecimiento de biocombustibles, únicamente en el volumen excedente a los porcentajes de mezcla. “En ningún caso, la participación del conjunto de las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos podrá ser superior al cincuenta por ciento (50%) del volumen excedente total”, precisa. En las provincias patagónicas, que en un comienzo habían puesto resistencia a legislar la actividad, el porcentaje de mezcla o corte obligatorio de biodiesel en gasoil será del 10% “hasta tanto se solucionen cuestiones técnicas y/o de infraestructura”.

En cuanto a la determinación de volúmenes y precios en el abastecimiento de biocombustibles “será realizada periódicamente, por una autoridad independiente a determinar por la Autoridad de Aplicación, mediante un sistema único de licitaciones transparentes, de acceso público, de acuerdo a las condiciones que se definen seguidamente para cada biocombustible”, precisa el proyecto.

El proyecto será analizado la próxima semana por la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados, que este jueves dejó conformada sus autoridades, con la presidencia de Atilio Benedetti (UCR, Entre Ríos), legislador que ya había presidido ese ámbito durante el gobierno de Mauricio Macri.

Temas: BiocombustiblesCámara de DiputadosDestacadas
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