El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, declaró este lunes inválido el veto del presidente Javier Milei a la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad, sancionada por el Congreso el pasado 10 de junio.
El magistrado resolvió “hacer lugar parcialmente” a una acción de amparo presentada por una familia con dos hijos con discapacidad y subrayó que el derecho a la salud, educación y rehabilitación de los menores debe tener prioridad frente a los recortes presupuestarios.
En su fallo, González Charvay señaló que los afectados se encuentran en una situación de “múltiple vulnerabilidad” y que, por lo tanto, merecen una protección reforzada conforme a la Constitución Nacional y a tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención sobre los Derechos del Niño.
El Ejecutivo había fundamentado el veto argumentando que la ley generaba un gasto de más de 7 billones de pesos en 2025 y 17 billones en 2026 sin detallar la fuente de financiamiento. Sin embargo, el juez consideró que esa justificación era “aparente y falaz”, al desconocer la posibilidad de reasignación presupuestaria que posee el jefe de Gabinete y el trámite parlamentario cumplido.
El fallo también rechazó la invocación del “equilibrio fiscal innegociable” del Pacto de Mayo, al remarcar que ninguna política económica puede contradecir compromisos constitucionales y convencionales ni generar retrocesos en materia de derechos humanos.
“La interrupción abrupta de los procesos educativos y terapéuticos compromete severamente el desarrollo cognitivo, emocional y social de los menores”, advirtió el juez, quien sostuvo que el veto constituía un acto de “clara discriminación” hacia personas con discapacidad.
Antes de ser vetada el 4 de agosto, la ley había declarado la emergencia en discapacidad hasta 2027, con el objetivo de fortalecer el sistema de prestaciones básicas y garantizar la continuidad de servicios educativos, terapéuticos y de apoyo a personas con discapacidad en todo el país.
Aunque la decisión judicial puede ser apelada por el Gobierno, se trata del primer fallo que frena los efectos del veto presidencial en esta materia y podría abrir la puerta a nuevos amparos en otros tribunales.