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En la provincia

Proponen desenganchar el valor de las multas del costo de la nafta

Dos legisladores de la oposición promueven que se suspendan por un año las multas de la Caminera por no llevar luz baja encendida en horario diurno

Redacción HDCPorRedacción HDC
15 de diciembre de 2023
Proponen desenganchar el valor de las multas del costo de la nafta

Los legisladores Dante Rossi y Sebastián Peralta, del bloque Construyendo Córdoba, presentaron una iniciativa que propone la modificación de la Ley Provincial de Tránsito, a los efectos de desatar el valor de las multas del costo de la nafta y suspender por un año las sanciones por no llevar la luz baja encendida en horario diurno para aquellos vehículos que posean el sistema DRL.

Dicha propuesta tiene por finalidad desanclar el monto de las multas de tránsito, reguladas por la Ley Provincial de Tránsito, del valor cada vez más volátil del combustible, habida cuenta de la desregulación del precio del mismo, en el marco de las políticas de liberación de precios que inspira al Gobierno Nacional.

La fijación de las Unidades Fijas para determinar el monto a abonar por las multas de tránsitos se estableció como un sistema de actualización automática, para así superar las sumas que ya resultaban exiguas cuando se encontraban codificadas, teniendo en cuenta el proceso inflacionario en la que se encuentra inmersa la economía argentina desde hace década y media.

No debe perderse de vista que las multas de tránsito tienen como finalidad un objetivo social, que es el desalentar el incumplimiento de las reglas, como instrumento para reducir la siniestralidad o, incluso, lograr alguna reparación por los daños cometidos. En el mundo de la movilidad, las multas de tránsito son por excelencia la manera de regular el comportamiento de conductores y peatones.

Que en razón de ello, la aplicación de multas de tránsito atadas a un concepto que se ha vuelto volátil y ha quedado librado al criterio de las empresas del sector petrolero, las que vienen acumulando aumentos semanales que han llevado casi a duplicar el precio del combustible en el lapso de los últimos sesenta días.

Que motivado por ello, se impone realizar un cambio en la legislación que contemple tanto la finalidad social que poseen las multas de tránsito, como así también evitar que se vuelvan verdaderamente confiscatorias, habida cuenta de los constantes aumentos de precios de los combustibles y de la liberación de los mismos, que no es otra cosa que librarlas al criterio comercial de la empresa petrolera, sin que se tenga en cuenta los ingresos de los ciudadanos.

Es por esto que proponemos que el PEP determine una Unidad Fija y que la misma sea actualizada mensualmente a través del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), que es el que brinda la información en tasas del índice de salarios, con periodicidad mensual y es publicado por Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).

Con la modificación que se propone se aliviana una pesada carga económica y, a la vez, se establece un coeficiente mucho más cercano a la idea de justicia, ya que toma como índice la variación de los ingresos salariales de la población. Asimismo, se desmonta un criterio muy extendido entre la misma, en el sentido que el labrado de actas por parte de la Policía Caminera, tienen una exclusiva finalidad fiscal y de puro arraigo recaudatorio, lo cual se rebate con la proposición que se promueve en la presente.

Además, a los efectos de no asfixiar el bolsillo de los cordobeses, se suspende por un año la aplicación de las multas a quienes en horario diurno y en los lugares donde es exigido, no lleven encendidas las luces bajas, siempre y cuando el vehículo cuente con el sistema de luces diurnas (sistema DRL, day time running ligth).

De esta manera, se aliviana una pesada carga en los automovilistas, ya que no sólo evitaría que se labren innumerables actas por no poseer las luces bajas encendidas, que en la estadística es la primera en el ranking de las actas labradas por la Policía Caminera, las que son de puro arraigo recaudatorio, puesto que los vehículos que circulan con las luces diurnas en ningún caso ponen en peligro la seguridad vial, conforme se ha establecido en distintos estudios realizados en todo el mundo; sino que también deberá tenerse en cuenta que este tipo de actas es considerado “falta grave”, lo cual es un verdadero despropósito, por cuanto las luces diurnas no constituyen un peligro para la seguridad vial.

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