El proyecto de reformas al Código Penal denominado «ley antimafia» aprobado por la Cámara de Diputados que es impulsado por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, permitirá condenar con la misma pena a todos los participantes de una organización criminal, ya que se brindarán nuevas herramientas para combatir el crimen organizado.
Bullrich, celebró la aprobación de la iniciativa que ahora debe tratar el Senado al señalar: «La Argentina, con leyes de verdad para combatir a los que nos roban la vida, la libertad, la propiedad y el futuro del país».
«¡Gracias, Diputados! Más ley y orden para un país que ahora tiene más instrumentos para combatir a fondo los delitos», publicó la funcionaria por Twitter.
La Cámara de Diputados aprobó cerca de la medianoche por 137 contra 92 votos el proyecto de ley antimafias, que contó con el respaldo de los legisladores de la Libertad Avanza, el PRO, la UCR, Encuentro Federal e Innovación Federal y el rechazo de Unión por la Patria y la izquierda.
Las reformas del Código Penal propuestas en el proyecto sobre crimen organizado se aplicarán en delitos que involucren el narcotráfico, lavado de dinero, de personas, tráfico de órganos, tenencia ilegal de armas y explosivos.
Una de las modificaciones es que se contempla es una pena de 8 a 20 años de prisión o reclusión, por la mera pertenencia a la asociación ilícita que cometa ese delito.
En ese sentido, se establece que la pena por el delito más grave que le corresponda a quien cometió el hecho también se aplicará a todos los miembros de la organización solamente por pertenecer a ella.
Se considera que todos son partícipes necesarios para llevar a cabo el acto delictivo final.
La presidenta de la comisión de Legislación Penal, Laura Rodríguez Machado, la diputada Laura Rodríguez Machado (PRO), dijo que este proyecto apunta prevenir «la integración de estas bandas con el aumento de las penas, sacarle los fondos bajo el decomiso anticipado, darle un accionar rápido a la justicia y tener un trabajo de coordinación entre provincias y Nación».
También señaló que se hicieron reformas consensuadas diputados de Encuentro Federal y la UCR referidos a eliminar de la lista de delitos el de «amenazas, daños e intimidación pública, porque son delitos comunes y existía la sospecha que fueran utilizados por las organizaciones, y como no es la voluntad de la ley lo vamos a retirar».
Desde Unión por la Patria, Ramiro Gutiérrez, argumentó que rechazan la iniciativa ya es inconstitucional y viola el artículo 18 de la Constitución Nacional y el 8 del Pacto de San José de Costa Rica».
También crea la figura de la Zona de Investigación Especial, con el objeto de establecer mecanismos de actuación ágiles para los diversos poderes del Estado, lo que posibilitará una respuesta más rápida y efectiva en el marco de la actuación operativa y de investigación.
En ese sentido, se dispuso que cuando se autoriza judicialmente una zona sujeta a investigación especial, «las actuaciones pasarán a la Justicia Federal».
Una de las reformas que se incluyó que cuando se trata de una investigación conjunta de varios distritos «la Fiscalía Federal competente convocará a la Fiscalía General provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las Procuradurías y Unidades Fiscales Especializadas, para integrar una Comisión Investigadora Conjunta».
En ese contexto, cuando se declara la necesidad de una investigación especial, las fuerzas policiales y de seguridad federales, provinciales y de la ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán detener a una persona por 48 horas para averiguación por la comisión de determinados delitos, pero siempre que «exista una razón fundada».
En caso de una investigación por una cantidad de delitos por tratarse de delincuencia transnacional, la detención podrá tener hasta 15 días, con la posibilidad de que sea prorrogada con la autorización judicial correspondiente.
Además, se podrá incautar mercadería presuntamente vinculada con la comisión de ilícitos, así como hacer requisas en las cárceles nacionales o provinciales.
A lo largo del dictamen de mayoría se determina que podrá inmovilizar activos de personas humanas o jurídicas, previa orden judicial, cuando existieren sospechas de un vínculo con una organización criminal.
También los investigadores con previa orden judicial podrán realizar allanamientos sobre los domicilios de un área determinada.
Ante la urgencia, los allanamientos podrán ser autorizados por el Ministerio Público Fiscal (MPF) por cualquier medio, dando inmediata noticia a la autoridad judicial competente que emitió la orden original.
Otra potestad que tendrán será interceptar llamados telefónicos, mensajería de redes sociales, plataformas virtuales y otras formas de comunicación, con orden de la autoridad judicial competente y mediante los sistemas que prevé la ley.