La jueza federal María Eugenia Capuchetti sobreseyó al ex presidente Mauricio Macri; a su ex asesor Fabián «Pelín» Rodríguez Simón; al ex ministro de Justicia Germán Garavano y otros ex funcionarios en la causa conocida como «mesa judicial» del macrismo, ante sospechas que armaron causas contra la oposición.
Se trata de un caso de «lawfare» denunciado por el kirchnerismo en cuanto al supuesto complot para el armado de causas judiciales entre el macrismo y un sector de la Justicia.
Para la jueza Capuchetti, no existen pruebas que haya existido tal maniobra.
Además de no dar por probada la denuncia, la jueza resaltó en el fallo que quienes supuestamente fueron presionados para direccionar las investigaciones, esto es magistrados y fiscales, nunca denunciaron en su momento los hechos ni tampoco cuando declararon.
«Esta cuestión no es menor, por cuanto no se trata aquí de víctimas legas, que años después de un evento traumático podrían resignificar vivencias delictivas para aportar sus versiones a la justicia. Se trata aquí de magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal, que no solo se presume conocen el derecho y, por lo tanto, pueden mínimamente distinguir un accionar delictivo de aquel que no lo es, sino que, además, cuentan con la carga pública de denunciar ante la existencia de un delito como tal», según la jueza.
También valoró que no puede considerarse como presión los comentarios en la prensa sobre esos magistrados. «Tampoco podía incluirse como parte de esas supuestas presiones la actividad de la prensa. «Los magistrados y miembros del sistema judicial estamos sujetos a un escrutinio público y, frecuentemente, nuestras decisiones son objeto de debate y discusión en los medios de comunicación. Esto es esencial para mantener la transparencia y la rendición de cuentas en un sistema democrático.
En definitiva, el escrutinio mediático no necesariamente puede constituir una presión inapropiada», se advirtió.
«Transitada una extensa investigación que insumió más de cuatro años y relevado el itinerario procesal que aquí nos ha traído, la tarea que se impone no es un nuevo repaso de toda la prueba producida, sino en primer lugar, el someter el objeto procesal de estos actuados al tamiz de la tipicidad, a fin de determinar si existe una verdadera sospecha susceptible de encuadre delictivo», según la jueza para la cual las conductas denunciadas «no constituyen delito alguno».
«La inexistencia de tal asociación ilícita no surge solo de la prueba recolectada (que mal conduce a corroborar una coordinación jerárquica, una distribución de roles y un plan con acuerdo previo y común para cometer delitos indeterminados), sino también de las propias conductas denunciadas», concluyó.
El fallo fue firmado poco antes del inicio de la feria judicial de enero y ya fue apelado por el fiscal Franco Picardi. En cuanto a «Pepin» Rodríguez está prófugo aún en el marco de otra denuncia que le hicieron en su contra los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa por la cual conocida como Oil Combustibles.