El juez de control de Alta Gracia, Claudio Lasso, volvió a dictaminar la prescripción de la causa penal por la contaminación con residuos peligrosos provocada por la empresa de Roggio, Taym en lo que fue el desastre ambiental generado por el derrame de residuos tóxicos en el propio canal que abastece de agua a más de medio millón de cordobeses.
De ese modo, aunque detalla las responsabilidades de los imputados, César Ripsky y María del Milagro Aráoz Ferrer, dictó su sobreseimiento por considerar que los plazos procesales para elevar la causa a juicio están vencidos, lo que demuestra, en las propias palabras del juez, una falta de voluntad persecutoria del Estado”.
Cabe recordar, que hace dos semanas la Cámara de Acusación había considerado insuficientemente fundados los argumentos de Lasso y anulado la resolución de prescripción anterior, dándole la posibilidad de que ampliara su argumentación. Frente a este pedido, la respuesta del juez llegó, pero una vez vencidos los plazos dictaminados por la Cámara.
Al respecto, la Asamblea Santa María Sin Basura reflexionó que esta situación dejaría entrever como los vencimientos de tiempo sólo jugarían a favor de los imputados y en detrimento de los derechos de toda la sociedad afectada” por la contaminación. La resolución del juez de control Claudio Lasso es un flagrante acto de corrupción que devela la subordinación del poder judicial al poder económico y sus connivencias con el poder político. Es la crónica de una sentencia anunciada”, manifestaron en un comunicado.
Por su parte, la legisladora y candidata a diputada por el MST en el Frente de Izquierda Unidad, Luciana Echevarría, también se refirió a la reciente resolución del Juez Lasso.La empresa Taym, violó toda la normativa ambiental vigente en incontables ocasiones, eso está documentado con mucho detalle en la causa; el desastre ambiental provocado es una consecuencia de esa ilegalidad”, opinó.
Y agregó: En la propia resolución el Juez Lasso asegura que los daños producidos por el desastre ambiental son a largo plazo e incluso permanentes. Sin embargo, considera que el plazo de dos años es suficiente para no juzgar a los responsables”.
Es urgente incorporar los delitos ambientales al Código Penal y que los mismos sean imprescriptibles, porque si el daño es permanente la responsabilidad es para siempre”, concluyó la Legisladora.