El Juzgado Penal Juvenil de cuarta nominación de la ciudad de Córdoba consideró acreditadas las agresiones y las amenazas de cuatro niñas de 12 años hacia una compañera de curso, quien formuló una denuncia penal. La jueza Nora Giraudo encuadró estas conductas en los delitos de amenazas reiteradas, amenazas calificadas y lesiones leves, e instó a los adultos vinculados con el caso a “promover una sana conversación acerca de las modalidades de relacionarse con otros, en la convivencia escolar y social, que aliente a una escucha atenta, para poder colocarse en el lugar del otro”.
Giraudo indicó que, según las pruebas reunidas en la causa, cuatro compañeras de curso agredían a la víctima verbalmente, le daban empujones, le tiraban de pelo y una de ellas le apoyó en el cuello una tijera de metal, mientras le decían que lastimarían a su hermana de tres años de edad si contaba lo sucedido. No obstante, resolvió el cese de la disposición de las niñas responsables de las situaciones de violencia escolar (bullying) por tratarse de personas menores no punibles.
En la sentencia, se destaca como concepto de bullying la propuesta de Unicef en su informe, que menciona el impacto significativo de corto, mediano y largo plazo en la vida de los niños y adolescentes (NNA) involucrados, ya sea como agresores, víctimas u observadores. “Este tipo de violencia es relevante porque afecta negativamente a la víctima, disminuyendo su autoestima y confianza, lo que puede conllevar a que padezcan de frecuentes estados de ansiedad, depresión, autoagresión e incluso conducir al suicidio. El silencio de las víctimas y de los testigos, cuando no de los propios centros educativos, ha contribuido al desconocimiento de la magnitud del problema”, citó la jueza al respecto.
La jueza también afirmó que, en el caso particular, lo sucedido trascendió el ámbito educativo, pues la víctima hizo la denuncia en una unidad judicial, lo que habilitó la competencia del juzgado y su obligación de comprobar su existencia y la participación de las denunciadas (artículo 1, ley 22.278). “Esta posible configuración de un delito, que excede lo doméstico y el ámbito escolar, debe llevar a la reflexión, despertar una alarma o un llamado de atención para los progenitores de las involucradas, pues fueron ellas y no otras, las jóvenes denunciadas”, enfatizó.
Asimismo, la magistrada instó a los adultos vinculados con el caso a “promover una sana conversación acerca de las modalidades de relacionarse con otros, en la convivencia escolar y social, que aliente a una escucha atenta, para poder colocarse en el lugar del otro”. También los exhortó a facilitar “la integración con el debido respeto de los derechos de todos” y evitar “los daños que causan la confrontación, con la consiguiente escalada de violencia, entre miembros de la misma comunidad”.









