La Justicia de Córdoba ordenó este martes a una cooperativa a dar cobertura médica a un ex empleado con adicción, que fue despedido mientras realizaba un tratamiento.
La decisión fue tomada en el Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación, Familia de 1° Nominación de Jesús María que condenó a la Cooperativa de Servicios Públicos de esa ciudad a sostener, por el plazo de un año, la cobertura médica a un empleado que fue despedido, cuando realizaba un tratamiento de rehabilitación por su adicción a las drogas.
Según lo informado en su portal por el Poder Judicial de Córdoba, el juez Luis Edgard Belitzky adoptó esta decisión “a modo de medida cautelar de tutela anticipatoria en una causa laboral iniciada por el trabajador por el supuesto despido discriminatorio por razones de salud y haberes caídos”.
De este modo, el magistrado ordenó que la cooperativa provea de la cobertura de salud “en las mismas condiciones que al tiempo de producirse el despido, por intermedio de la obra social o medicina prepaga con que contaba”.
A su vez, impuso al ex empleado la obligación de acreditar mensualmente ante el tribunal que mantiene su tratamiento con indicación específica de su evolución, “bajo apercibimiento de revocar lo aquí ordenado”.
En la resolución, el magistrado consideró que las personas que presentan este tipo de adicción “lejos de ser ‘sancionados’ por su conducta merecen, además de un trato social digno que les permita la reinserción, una tutela judicial efectiva y diferencial, esto es, que se adopten desde el Poder Judicial las medidas necesarias tendientes a que se posibilite la rehabilitación de la persona en la medida que su adhesión al tratamiento lo permita”.
Para concluir, enfatizó que el tratamiento de rehabilitación conlleva un gasto considerable y que el sector público de salud del Estado tal vez no puede afrontar en alguno de esos aspectos.