Mediante la resolución número 398/2024, y en el marco de la ley 7.121, el Ministerio de Bioagroindustria declaró a partir del 1° de septiembre de 2024 y hasta el día 31 de agosto de 2025 el estado de desastre agropecuario para los productores agrícolas, forestales, frutihortícolas, ganaderos, tamberos y apícolas afectados por incendios ocurridos durante los meses de agosto y septiembre del corriente año.
La medida alcanza a las actividades delimitadas bajo el criterio de polígonos georreferenciados ubicados en las siguientes zonas afectadas: Villa Yacanto, Villa Berna, La Calera, Ischilín, Ambul, Chancaní, Villa Gutiérrez, Capilla del Monte -Corral de Piedra y Ascochinga. Es importante destacar que el desastre agropecuario tiene el beneficio de exención impositiva establecido en la ley en cuestión.
En este caso alcanza a las cuotas 9, 10, 11 y 12 del año 2024 del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, la parte proporcional del adicional del Impuesto Inmobiliario Básico Rural y la parte proporcional de las diferencias de impuestos que pudieran surgir correspondientes a la anualidad 2024, y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).
Asimismo, se establece que los productores beneficiados por la presente resolución que hubieren abonado los impuestos referidos en el artículo precedente, recibirán la acreditación de los importes ingresados contra futuras obligaciones tributarias, conforme lo disponga la Dirección General de Rentas. Los productores afectados deberán presentar las declaraciones juradas a través de la Plataforma de Servicios Ciudadano Digital.
A su vez, desde la Provincia indicaron que ya se efectuó la elevación de la homologación de emergencia nacional, para lograr el refinanciamiento de deudas de banca pública y la prórroga de impuestos nacionales.