El Juzgado Penal Juvenil de 3° Nominación de Córdoba será el encargado de juzgar a un adolescente acusado de cometer varios delitos junto a coimputados mayores de edad. En un principio, el caso había sido derivado a la Cámara en lo Criminal y Correccional N.º 1, pero la jueza Ileana Benedito solicitó la separación de juicios y la remisión del expediente al fuero juvenil, donde ya tramitaba una causa con hechos y pruebas idénticas.
La magistrada fundamentó su decisión en el artículo 90 bis de la Ley 9944, que establece un plazo máximo de 18 meses para concluir los procesos penales juveniles, y en el Acuerdo Reglamentario N.º 1761, que impide que la conexión con causas de adultos perjudique las garantías constitucionales de niños, niñas y adolescentes (NNA).
Benedito remarcó que la permanencia del menor en una causa con adultos no debe afectar su situación procesal, ya que el joven se encuentra privado de libertad en el Complejo Esperanza, a la espera de juicio.
Además, citó normas internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño y las Reglas de Beijing, que exigen que los menores sean juzgados con celeridad, especialización y coherencia.
“La conexidad con adultos no puede vulnerar derechos fundamentales del adolescente”, sostuvo la jueza al pedir la remisión de la causa al fuero especializado.
El tribunal aceptó y derivó la causa
La Cámara en lo Criminal y Correccional de 1° Nominación acogió el pedido y trasladó la causa al Juzgado Penal Juvenil de 3° Nominación, que juzgará al adolescente por los siguientes delitos:
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Robo calificado por uso de arma de fuego (sin operatividad acreditada), como coautor.
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Amenazas calificadas y lesiones leves, como coautor.
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Abuso de armas, como autor.
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Abuso de armas, como partícipe necesario.
La decisión judicial pone en primer plano la necesidad de respetar los plazos y garantías procesales específicas del fuero penal juvenil, sin que la vinculación con adultos impida una respuesta rápida y especializada por parte del Estado.