La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal anuló el sobreseimiento a los directivos de la cadena de heladerías Grido, por lo que los acusados deberán enfrentar un juicio oral por el delito de “asociación ilícita fiscal”.
Los implicados son Oscar Lucas Santiago, reconocido como el fundador de la empresa Helacor (la razón social detrás de Grido), y sus hijos Lucas y Sebastián, quienes ejercen como directores de la compañía. Grido es, actualmente, la cadena de heladerías más grande de Argentina y la tercera a nivel global. Esta determinación de Casación revierte una controvertida resolución emitida por el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) de Córdoba.
En un fallo del 16 de agosto del año pasado, el TOF 2 había declarado extinguida la acción penal contra los imputados y, en consecuencia, había dictaminado sus sobreseimientos. El argumento central de aquel fallo fue la aplicación retroactiva de la Ley de Blanqueo (27.743) y su decreto reglamentario (608/2024), normas que fueron consideradas como la “ley penal más benigna” en favor de la defensa de los Santiago.
La causa judicial que escaló hasta esta instancia se remonta a 2012. En aquel entonces, AFIP, hoy conocida como Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), llevó a cabo una exhaustiva investigación sobre la cadena de heladerías. Esta pesquisa derivó en la ejecución de 18 allanamientos ordenados por la Justicia Federal, los cuales se realizaron en diversas provincias.
Durante esos operativos, se secuestró documentación que, según la investigación, probaría maniobras de una presunta asociación ilícita diseñada para evadir más de $200.000.000 de ese momento, una cifra equivalente a más de U$S 30.000.000 al tipo de cambio oficial de aquella época.
Según la denuncia original de la AFIP, las maniobras de la empresa “tendían a evitar fraudulentamente el pago de impuestos nacionales mediante la comercialización marginal de helados a gran escala”.