El Ministerio Público Fiscal (MPF) dictaminó a favor de restringir la aplicación de productos agroquímicos, en las zonas adyacentes a dos establecimientos educativos en la comuna de Dique Chico. La decisión judicial que se conoció ayer comprende a un radio de 500 metros alrededor del límite externo de las escuelas rurales Bernardo de Monteagudo y Jardín de Infantes Mariano Moreno. La Relatoría Civil del Ministerio, a cargo del fiscal adjunto Pablo Bustos Fierro, consideró que los estudios médicos de genotoxicidad exhibidos, referidos a cuatro niños asistentes a los colegios de la zona que presentaron alteraciones en las células micronucleadas, son elementos que a prima facie resultan suficientes para tener por configurado un peligro de daño a la salud y justificar la procedencia de la medida, provisoriamente.
“El sistema jurídico tiene que reaccionar y tomar todas las precauciones para evitar que el daño se consolide”
Según señaló el pronunciamiento firmado por la Fiscalía General: “No puede aceptarse el argumento de que cuatro niños menores de edad no pueden considerarse representativos del universo de niños que asisten al establecimiento, porque si se encuentra probada la amenaza de daño aunque sea sobre uno solo de ellos, esa vida es muy valiosa, por lo tanto el sistema jurídico tiene que reaccionar y tomar todas las precauciones para evitar que el daño se consolide o propague”.
Tras conocerse el dictamen, Darío Ávila, abogado de los vecinos autoconvocados sostuvo a HOY DÍA CÓRDOBA que “el fallo es importante porque significa reconocer el daño presente en esas personas, que en este caso son niños que están en riesgo. Debería impedirse que se fumigue alrededor de las escuelas, por más que los sojeros pierdan dinero, en los campos periurbanos podrían hacerse otro tipo de cultivos en los que no se usen agrotóxicos. Cuidar el ambiente escolar debe ser una obligación del Estado y de la sociedad”.
La resolución podría considerarse como un llamado de atención de las máximas autoridades del MPF para que se revise la ley provincial de agroquímicos Nº 9.164 que rige en Córdoba. Según la norma, la franja de resguardo que debe dejarse para aplicar agroquímicos aéreos de las clases 1 y 2 (que son las más tóxicas) es de 1.500 metros, pero si se trata de productos toxicológicos de clase 3 y 4 es de 500 metros. A su vez, en caso de aplicarse fumigaciones en forma terrestre, como ocurre en Dique Chico, la franja de resguardo es de 500 metros pero solo para las clases 1 y 2, lo que implica que las 3 y 4 (en donde se ubica el glifosato) pueden emplearse sin ningún tipo de restricción de distancia. “Ese es el problema, porque a pesar de que el glifosato es un probable cancerígeno para la Iarc (Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer, dependiente de la OMS) en Argentina, de acuerdo al Senasa, se ubica en la clase más baja, que no ofrece peligro”, advirtió a este medio el ex fiscal Carlos Matheu, especialista en temas ambientales. En 2017 la comuna de Dique Chico (ubicada en cercanías a Alta Gracia) dictó la ordenanza 242/17 para prohibir pulverizaciones con agroquímicos en 1.000 metros alrededor del pueblo, pero productores presentaron un amparo al que la Justicia hizo lugar.









