El Juzgado en lo Penal Juvenil de la ciudad de San Francisco resolvió no imponerle pena a dos adolescentes que fueron declarados responsables del delito de homicidio agravado en ocasión de espectáculo deportivo.
El tribunal adoptó esta decisión luego del pedido de absolución de pena formulado por la fiscalía interviniente. También tomó en consideración que, durante la audiencia, la madre de la víctima perdonó a los jóvenes que participaron en la pelea que derivó en el fallecimiento de su hijo.
La víctima, Cristian Robledo, falleció como consecuencia de las lesiones sufridas durante una pelea ocurrida durante un partido de fútbol amateur.
De la disputa participaron cinco sujetos entre los cuales se encontraban los dos jóvenes. Los otros tres agresores, que eran mayores de edad en el momento de hecho, fueron condenados a 12 años de prisión por la Cámara en lo Criminal y Correccional de San Francisco.
En la sentencia, los adolescentes pidieron disculpas a la madre de la víctima y expresaron que nunca quisieron matar a nadie.
Por su parte, la madre de la victima aclaró que su pérdida era “irreparable”; sin embargo, perdonó públicamente a los agresores y les pidió que reencausen sus vidas, piensen en sus familias, sean buenas personas y respeten los derechos de los demás.
La sentencia remarca que el régimen penal adolescente “se dirige a la recuperación de quien ha sido declarado penalmente responsable por delitos cometidos en la adolescencia, con el objetivo que pueda desempeñar un papel constructivo en la sociedad”.
Y agrega que “sólo excepcionalmente, cuando las medidas socio-pedagógicas dispuestas han resultado insuficientes para alcanzar la finalidad legal, se admite la imposición de una pena, es decir, el tratamiento penitenciario como instrumento de reinserción social”.
En este caso, el tribunal evaluó que el tratamiento tutelar cumplido por los jóvenes en el Complejo Esperanza fue aprovechado para adquirir y consolidar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales de terceros y, en consecuencia, “es suficiente para neutralizar la pretensión punitiva”.