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Constitucionales

Los problemáticos contextos  institucionales en Jujuy

Por Miguel J. Rodríguez Villafañe

Opinión Por Opinión
11 de julio de 2023
Los problemáticos contextos  institucionales en Jujuy

En Jujuy se libra la escenificación de una metodología para imponer decisiones a la fuerza, sin escuchar al pueblo e ignorando sus problemáticas. Deja en claro la crisis de la “democracia delegativa”, en la que muchos de los representantes surgen como producto de medios, publicidad y marketing; lo que evidencia la necesidad de trabajar por una “democracia participativa”.

El proceso de reforma de la Constitución de Jujuy se determinó por la ley provincial 6.302, por la que se convocó a una modificación de gran cantidad de artículos. De acuerdo a la norma, se establecía que los debates constitucionales debían desarrollarse a lo largo de 90 días. El gobernador Gerardo Morales fue elegido presidente de la Convención, tras jurar como convencional pidió licencia, volvió a su cargo de gobernador y dictó decretos, como el que imponía graves sanciones a quienes se manifestaran (decreto que luego tuvo que revocar, a causa de los reclamos que provocaba por su esencia antidemocrática). Mientras tanto, volvía a su función de convencional. De esa manera violó gravemente el artículo 100 de la Constitución vigente, que disponía que “los Convencionales Constituyentes no podrán desempeñar ninguna función o empleo público provincial mientras ejerzan sus funciones”.

Las ocho comisiones encargadas de trabajar las reformas concluyeron en menos de dos semanas su tarea y sus reuniones no fueron públicas, tampoco tuvieron registro taquigráfico, ni se dejó participar ni aportar opiniones a representantes sociales ni a ciudadanos. A su vez, el texto de la reforma tuvo muchas variaciones de último momento en algunos artículos importantes, realizadas por el gobernador-convencional.

La nueva constitución de Jujuy se aprobó el 20 de junio de 2023, en una sesión a las apuradas, a las 05:00 de la mañana, a puertas cerrada, en medio de disturbios y represión policial en las calles. Ambiente ciudadano distinto del que debe tener la consagración de un texto que debe regir el futuro de la convivencia ciudadana en la provincia.

Asimismo, gran parte de los medios de comunicación apoyaron lo que hacía el gobernador, con opiniones favorables. Tampoco informaban o trataban las cuestiones de fondo que se debían transparentar y discutir para conocimiento de la sociedad. En esto hay que resaltar que los medios más importantes de difusión eran propiedad de referentes de partido justicialista, que es la segunda fuerza política en la provincia. Así, el presidente del PJ, Rubén Rivarola, es el dueño del diario “El Tribuno”, y Guillermo Jenefes, elegido presidente del bloque del PJ en la Convención, tiene la propiedad del canal 7 de televisión y de LW 8 Radio San Salvador; LW5 Radio Libertador; LRA Perico; y FM Trópico.

Todo el proceso constituyente se producía, en medio de protestas callejeras por legítimos reclamos no atendidos, ya que los docentes se quejaban que tenían un sueldo básico de $ 35.000; los trabajadores del sistema de salud por sus malas remuneraciones; y los pueblos originarios reclamaban ser respetados en sus derechos, con motivo de los negocios que han surgido alrededor de la explotación del litio. A todo lo cual el gobierno provincial reaccionó con una represión selectiva para detener a dirigentes, abuso de autoridad, allanamientos ilegales y graves violaciones a los derechos humanos.

Por su parte, la justicia provincial, cooptada y manipulada por el oficialismo, no actuaba ante los hechos ilegales, como cuando la policía provincial disparaba balas de goma a la cara de los manifestantes, manejándose con camionetas de contratistas del Estado para producir detenciones arbitrarias; aún más, se allanó el domicilio de Milagros Sala, que cumple prisión domiciliaria desde hace más de siete años.Dichas circunstancias hicieron que muchos organismos de derechos humanos internacionales se pronunciaron e instaron a que se terminara los procederes indebidos. Así, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió una comunicación oficial por el cual se urgió al Estado argentino a respetar los estándares interamericanos en materia de protesta social. De igual modo, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas (ACNUDH) envió al presidente argentino un comunicado, afirmando que lo que sucedió en Jujuy “no se encuentra en línea con las obligaciones y estándares internacionales en materia de derechos humanos”.

Con motivo de los reclamos internacionales, el presidente Alberto Fernández dio instrucciones para que averiguaran las violaciones a la Constitución Nacional que tenía la nueva constitución jujeña. Esta medida se tradujo en una acción declarativa de certeza deducida ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), planteando la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de los artículos 67 inc. 4°, 94 y 95 de la constitución reformada.

Lo actuado por el Poder Ejecutivo Nacional, ¿sirve de algo? ¿Podemos esperar resultados adecuados y con la urgencia necesaria por parte de la actual CSJN, cuyos miembros están sometidos a juicio político, por considerarlos incompetentes, con mal desempeño e incluso estar incursos en situaciones que podrían tipificarse como delito? ¿Por qué el presidente de la Nación, a la vez presidente del PJ, no interviene el Partido en Jujuy? ¿Por qué Rubén Rivarola, presidente del PJ Distrito Jujuy, corresponsable de lo que pasa, es el primer candidato para las próximas elecciones a senador nacional por 6 años de la lista de Frente Unión por la Patria?

Sin embargo, por orden del gobernador, el gobierno provincial se constituyó como querellante en más de 100 causas armadas con motivo de las protestas. Lo cierto es que muchos de los cargos que se les hace a los manifestantes pueden tener multas de hasta un millón y medio de pesos, y eventuales condenas de hasta de 25 años de prisión.

En una próxima nota analizaré las cuestiones inconstitucionales concretas que tiene la reformada constitución jujeña.

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