El Gobierno revocó mediante un decreto la actualización del protocolo de aborto no punible que la Secretaría de Salud había publicado este miércoles en el Boletín Oficial. La resolución buscaba promover el derecho de las mujeres, niñas, adolescentes y personas gestantes de acceder a la interrupción legal del embarazo (ILE) cuando éste se encuadre en las causales previstas.
La decisión la tomó el presidente Mauricio Macri, y fue informada tras la reunión de Gabinete que encabezó este jueves por la mañana en Casa Rosada. El decreto se publicó en el Boletín Oficial correspondiente al 22 de noviembre. Si bien desde el Gobierno no se le pidió que de un paso al costado, el secretario de Salud, Adolfo Rubinstein, presentará su renuncia este mismo viernes.
El decreto publicado hoy en el Boletín Oficial es el número 785/2019 y señala en su inicio que «la resolución publicada el 19 de noviembre fue dictada por la Secretaría de Gobierno de Salud del Ministerio de Salud y Desarrollo Social sin consultar la opinión de sus superiores jerárquicos, máxime teniendo en particular consideración la relevancia e implicancias de las cuestiones en ella reguladas».
«Que ante la publicación de la norma referida el 20 de noviembre de 2019, el titular de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia ha manifestado no haber participado del proceso de formulación de la misma, aun cuando varias de las disposiciones del mencionado Protocolo, repercuten en los derechos de niñas y adolescentes», explicó el decreto que en otro punto remarcó también que no han intervenido en la redacción del mismo el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia ni la Agencia Nacional de Discapacidad ni el Instituto Nacional de las Mujeres.
Finalmente, en uno de los últimos párrafos del decreto, se recordó que «el Presidente de la Nación es el jefe supremo de la Nación, jefe del Gobierno y responsable político de la administración general del país», en clara alusión a lo que varios ministros calificaron como una «insubordinación» de Rubinstein.
«Es por ello que el Presidente de la Nación Argentina decreta: Derógase la Resolución de la Secretaría de Gobierno de Salud del Ministerio de Salud y Desarrollo Social número 3158 de fecha 19 de noviembre de 2019», precisó la resolución, cuya medida «entra en vigencia a partir de su publicación y tiene la firma del propio Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y de la ministra de Salud y Desarrollo Social, Carolina Stanley.
De esa manera, el mandatario nacional revocó por decreto la adaptación del Protocolo de interrupción legal del embarazo al nuevo Código Civil y Comercial vigente desde 2015, donde se explica que las niñas menores de 13 años podrán brindar su consentimiento acompañadas de sus progenitores o representantes legales, aunque prima el derecho de la niña, el que que debe informarse al órgano protector de derecho.
La normativa remarcaba que estos procedimientos se llevan a cabo en los dos casos en que el aborto puede ser practicado de manera legal: cuando se solicite la práctica para evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer embarazada o cuando el embarazo sea producto de una violación, según lo establecido en el artículo 86 del Código Penal. Otro de los cambios principales era que la objeción de conciencia no podía impedir que un hospital o centro de salud realizara la interrupción del embarazo en estos casos.
El aborto no punible está consagrado en el Código Penal de 1921 y fue ratificado por el fallo FAL de la Corte Suprema en 2012.