El Centro de Almaceneros de Córdoba aseguró que la canasta navideña aumentó un 220% en relación a 2022. Según un informe realizado por la entidad, los productos navideños para una post cena, es decir, turrones, confituras y pan dulce tuvieron un incremento que supera el 200% si se contrastan con los costos de los mismos productos a finales del año pasado.
Por otro lado, desde la Cámara de Comercio de Córdoba (CCC) compararon la canasta de navidad con quince productos económicos y de primeras marcas, dando un valor promedio relevado de $12.087, lo que representa un aumento del 151,44% respecto al año pasado.
En este caso, los productos que se consideraron fueron el pan dulce con y sin frutas, la garrapiñada de maní, los turrones de maní y de frutas, el budín con y sin frutas, el maní con chocolate, lata de duraznos al natural, lata de ensalada de frutas. las peladillas de maní y las almendras con chocolate. En tanto, en lo que respecta a bebidas alcohólicas, la CCC basó su relevamiento en la sidra, la fresita y el ananá fizz.
Por otra parte, la cámara hizo un informe que relevó las modificaciones que sufrieron los costos del armado del tradicional arbolito navideño. Para llevar a cabo el estudio, la CCC consideró, nuevamente, un esquema básico económico y uno completo, con seis y 12 ítems, respectivamente.
Si bien la CCC no publicó el costo de cada esquema analizado, indicaron que el valor promedio del árbol de navidad con sus respectivos accesorios es de $ 52.133. Esto significa un incremento interanual del 295% respecto al año pasado.
Por otra parte, en el mismo informe, la CCC realizó un relevamiento en los corredores comerciales de la ciudad de Córdoba, a los fines de conocer la modalidad de apertura durante el feriado del viernes. Al respecto, informaron que la apertura comercial, se verá afectada por la conmemoración del Día de la Inmaculada Concepción de María, por lo menos, en lo que respecta al área céntrica.
Asimismo, agregaron que durante el feriado, los comerciantes que decidan abrir sus locales al público deberán hacerlo aplicando la legislación vigente en lo que hace a feriados nacionales y pagar la remuneración con los adicionales correspondientes. Además, aclararon que ese día no podrá otorgarse como franco compensatorio del descanso semanal.