Durante la tarde de este martes en la Cámara Cuarta del Crimen se desarrollará una audiencia preliminar de un juicio por acoso laboral o “mobbing”. El caso constituye una novedad en el ámbito de la justicia penal.
La víctima era Alicia Moyano, una mujer de 47 años que trabajaba en la empresa “Impreso SRL”. El principal acusado es su supervisor, Federico Rossini, quien aparentemente la maltrataba psicológicamente con descalificaciones verbales como “muerta de hambre”, “no servís para nada”, entre otras. La imputación es por “lesiones gravísimas agravadas por placer”, que prevé una pena de 3 a 15 años.
Además está acusado el dueño de la empresa, Edmundo José Boca, por no impedir la situación que provocó secuelas emocionales y psicológicas en la denunciante. Boca ofreció un resarcimiento económico para que se extinga la acción penal que será lo que deberá resolverse esta tarde en la prevista audiencia.
Al respecto, el abogado querellante Pedro De Espui manifestó: “Por decisión del tribunal, el día de hoy que era la fecha del comienzo del juicio oral, la Cámara va a tratar de definir la eventual aprobación del acuerdo conciliatorio y reparatorio que recientemente firmaron mi representada y el señor Boca”.
Según estimó, Boca podría ser sobreseído ya que “internalizó el conflicto, entendió el daño físico y psíquico que sufrió mi representada y dio explicaciones que resultaron satisfactorias”.
Sin embargo, señaló que la situación del principal imputado es bastante opuesta: “Desde que comenzó el proceso penal Rossini jamás se acercó a la víctima para intentar conciliar con ella, aunque la situación procesal resulta para el muy comprometida desde nuestro punto de vista”.
Por el momento, se aguarda que el tribunal resuelva esta tarde la situación de Boca. A partir de allí, la cámara decidirá si el juicio continúa para Rossini los días previstos o difiere su inicio para otra fecha.
“Yo creo que este juicio es un caso inédito para la Justicia Penal de Córdoba y del país también. Creemos que no existe otro antecedente de un juicio penal donde se juzguen lesiones psíquicas gravísimas, agravadas por placer en este caso, y en un contexto de violencia laboral y de género respecto a la actuación del supervisor de la empresa”, resaltó De Espui.