La investigadora del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Inta) Virginia Aparicio difundió un manifiesto en primera persona en el que se refirió al sumario administrativo iniciado en su contra y a la posibilidad de ser exonerada de la Administración Pública Nacional.
Aparicio es ingeniera agrónoma, doctora en Ciencias Agrarias e investigadora independiente del Conicet. Trabaja desde 1997 en la Estación Experimental Agropecuaria Balcarce del INTA, donde desarrolla investigaciones vinculadas con suelo, agua y plaguicidas.
El caso está relacionado con su participación como coordinadora argentina del proyecto internacional SPRINT (Sustainable Plant Protection Transition), financiado por la Unión Europea y coordinado por la Universidad de Wageningen, de Países Bajos.
El proyecto comenzó en Argentina en 2020 con autorización institucional del INTA y tuvo como objetivo estudiar la presencia de plaguicidas y sus posibles impactos sobre la salud ambiental, vegetal, animal y humana.
Qué investigó el proyecto SPRINT
Argentina fue el único país fuera de Europa que participó como caso de estudio. Durante 2021 se tomaron muestras de personas, animales, alimentos, suelo, agua y otros elementos del ambiente en distintas localidades bonaerenses.
La investigación incluyó a productores agroecológicos y convencionales, trabajadores, vecinos y consumidores. En total, 73 voluntarios aportaron muestras de sangre, orina, materia fecal e hisopados nasales.
Entre los resultados difundidos posteriormente se informó la presencia de glifosato en el 86,1% de las muestras de sangre de los participantes argentinos y en el 100% de las muestras de materia fecal analizadas en el grupo bonaerense. También se detectaron distintas cantidades de plaguicidas en alimentos, polvo doméstico, cultivos, animales, alimentos para animales, suelos y agua superficial.
Los resultados fueron presentados parcialmente en septiembre de 2023 durante una conferencia vinculada con la Cumbre Científica de la Asamblea General de Naciones Unidas.
Sin embargo, en junio de ese año el INTA había suspendido la presentación argentina de los resultados y posteriormente decidió retirar a la institución del proyecto mediante la Resolución 1081/2023.
El proyecto internacional SPRINT continuó con sus investigaciones y concluyó en 2026.
El sumario contra Aparicio
Según relató la científica, a fines de 2024 comenzaron las consultas internas sobre sus funciones y en febrero de 2025 fue notificada del sumario administrativo junto con integrantes del equipo que había participado de la investigación.
De acuerdo con la información publicada sobre el expediente, entre los cuestionamientos se encuentran un supuesto ocultamiento de información a superiores y un presunto perjuicio económico y material para el Estado.
El abogado de Aparicio, Mario Bolla, rechazó esas acusaciones y sostuvo que las actividades del proyecto habían sido comunicadas a las autoridades correspondientes y que el Inta no había financiado SPRINT, debido a que los recursos provenían de Europa.
A fines de agosto de 2026, el Consejo Directivo del INTA habría tratado la situación de Aparicio. La investigadora señaló que tomó conocimiento, a través de APINTA, de una decisión favorable a su exoneración, aunque aclaró que al momento de publicar su manifiesto no había recibido una notificación formal.
La exoneración constituye la máxima sanción disciplinaria prevista para agentes de la Administración Pública Nacional y tiene consecuencias sobre la posibilidad de volver a desempeñarse en el Estado durante un período determinado.
El planteo de la investigadora
En su manifiesto, Aparicio vinculó su situación con un debate más amplio sobre la ciencia pública y el acceso a la información ambiental.
La investigadora sostuvo que quienes participan voluntariamente de estudios científicos entregan información sobre sus cuerpos, viviendas, trabajos y ambientes, por lo que consideró que existe una responsabilidad institucional de analizar y comunicar los resultados obtenidos.
También planteó que las dificultades para comunicar determinados resultados pueden generar autocensura dentro de las instituciones científicas, aun cuando no exista una prohibición explícita.
En ese marco, formuló una pregunta central: qué ocurre con la ciencia pública cuando investigar y comunicar resultados potencialmente incómodos puede traer consecuencias para quienes investigan.
Aparicio también mencionó el artículo 41 de la Constitución Nacional, que reconoce el derecho a un ambiente sano y establece obligaciones estatales vinculadas con su protección y con la información ambiental.
Asimismo, recordó la vigencia del Acuerdo de Escazú, incorporado al ordenamiento argentino mediante la Ley 27.566, que establece derechos vinculados con el acceso a la información, la participación y la justicia en asuntos ambientales.
La científica aclaró que esas normas no resuelven por sí mismas su situación administrativa y que el contenido del sumario debe ser discutido en los ámbitos correspondientes.
Carta completa:
Soy Virginia Aparicio, trabajo en la Estación Experimental Agropecuaria Balcarce del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) desde 1997. Ingresé como estudiante y formalicé mi vínculo en 2004. Soy investigadora del INTA y también investigadora independiente del CONICET.
Durante más de dos décadas trabajé sobre suelo, agua y plaguicidas y coordiné proyectos nacionales en una de las principales regiones agropecuarias del país. Ese recorrido me condujo a una pregunta esencial: ¿cómo producir alimentos y, al mismo tiempo, cuidar el suelo, el agua, el ambiente y la salud de las personas?
En 2020, el INTA se incorporó institucionalmente a SPRINT (Sustainable Plant Protection Transition), un proyecto internacional financiado por la Unión Europea y coordinado por la Universidad de Wageningen (Países Bajos). Su objetivo era estudiar, de manera integrada, la presencia de plaguicidas y sus posibles impactos sobre la salud ambiental, vegetal, animal y humana. Argentina fue el único caso de estudio fuera de Europa.
SPRINT proponía observar lo que sucede en el mundo real. Los plaguicidas pueden desplazarse más allá del lugar donde fueron aplicados y las personas y otros organismos vivos pueden estar expuestos a varias sustancias, simultáneamente. Por eso se estudiaron diferentes matrices y mezclas de compuestos.
En Argentina participaron productores agroecológicos y productores que utilizan plaguicidas, trabajadores, vecinos y consumidores de alimentos. Se tomaron muestras ambientales, vegetales, animales y humanas. Personas voluntarias abrieron sus hogares, respondieron encuestas y entregaron muestras biológicas.
Ese acto de confianza tiene una dimensión científica, pero también ética.
Quien participa voluntariamente de una investigación pública no entrega solamente una muestra. Entrega información sobre su cuerpo, su trabajo, su vivienda y su ambiente porque confía en que ese conocimiento tendrá una finalidad social. La ciencia adquiere entonces una responsabilidad que no termina cuando obtiene un resultado: debe analizarlo con rigor, discutirlo y comunicar aquello que pueda ser de interés para las personas y las comunidades.
En junio de 2023, cuando correspondía comunicar los resultados obtenidos en el país, el INTA suspendió su presentación. Meses después decidió retirar a la institución del proyecto.
SPRINT continuó. Sus resultados dieron lugar a publicaciones científicas y el proyecto concluyó en 2026. La evaluación final de la Comisión Europea destacó sus resultados científicos y las herramientas desarrolladas para estudiar los riesgos asociados a los plaguicidas y sus mezclas.En Argentina, mientras tanto, se inició un sumario administrativo contra mi persona. A fines de agosto de 2026, el Consejo Directivo del INTA trató mi situación. Extraoficialmente, a través de la Asociación del Personal del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (APINTA), tomé conocimiento de que se habría decidido mi exoneración de la Administración Pública Nacional, la máxima sanción administrativa. Al momento de escribir esta columna aún no fui formalmente notificada.
El contenido del sumario deberá discutirse en los ámbitos correspondientes. Pero la secuencia de hechos permite formular una pregunta legítima y necesaria: ¿qué ocurre con la ciencia pública cuando investigar y comunicar resultados potencialmente incómodos pueden traer consecuencias para quien investiga?
Aquí aparece una segunda responsabilidad: proteger la libertad necesaria para investigar.
La censura científica no necesita adoptar la forma explícita de una prohibición. Existe un problema, también, cuando se obstaculiza la comunicación del conocimiento o cuando científicos y técnicos comienzan a preguntarse qué resultados pueden comunicar sin exponerse a consecuencias. Allí comienza la autocensura, probablemente una de las formas más silenciosas de empobrecimiento de una institución científica.
¿Qué aprende un investigador joven frente a esa situación? ¿Y qué entiende una comunidad que participó de una investigación, abrió las puertas de su casa, entregó muestras y confió en instituciones públicas, pero no recibe la información científica que merece?
La cuestión es ética y científica, pero también jurídica.
El artículo 41 de la Constitución Nacional reconoce el derecho a un ambiente sano y establece que las autoridades deben protegerlo y proveer información ambiental. No enfrenta ambiente y producción: exige que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras.
La legislación argentina reconoce además el derecho de acceso a la información ambiental en poder del Estado. Y el Acuerdo de Escazú profundiza los derechos de acceso a la información, participación y justicia ambiental, al tiempo que establece obligaciones de protección para quienes promueven y defienden derechos humanos en asuntos ambientales. Argentina adhirió formalmente a este Acuerdo, lo adoptó mediante la Ley 27.566 y entró a regir plenamente en abril de 2021. El Estado Nacional está obligado a su cumplimiento. Pero no lo está haciendo, y ese incumplimiento es grave.
Estas normas no resuelven por sí mismas mi caso ni reemplazan el análisis jurídico del sumario. Pero recuerdan algo fundamental: la información ambiental de interés público, la participación de la sociedad y las condiciones para producir conocimiento científico no son asuntos ajenos a las obligaciones del Estado.
Argentina es uno de los grandes países productores de alimentos. Precisamente por eso necesita una ciencia pública independiente.
Un productor necesita evidencia para decidir. Un trabajador necesita conocer los riesgos de las sustancias que manipula. Una comunidad necesita saber qué ocurre en su ambiente. El Estado necesita información para regular. Y todos somos consumidores de alimentos.
Salud, ambiente y producción no son intereses contrapuestos.
El suelo que recibe una aplicación deberá continuar produciendo. El agua que atraviesa un territorio agrícola puede ser utilizada para consumo humano o animal. Quien aplica un plaguicida es un trabajador. Quien vive cerca de un cultivo integra una comunidad.
Investigar plaguicidas no significa estar contra la producción agropecuaria. Producir sin información también desprotege a quienes producen.Por eso, frente a evidencia científica incómoda, una sociedad democrática necesita más ciencia, no menos: mejores datos, discusión abierta, investigación independiente y decisiones fundadas en evidencia.
La ciencia pública no existe para confirmar lo que queremos escuchar. Su obligación es formular preguntas, producir conocimiento mediante métodos verificables y comunicarlo. Algunas respuestas tranquilizarán. Otras exigirán revisar prácticas. La posibilidad de incomodar no es una falla de la ciencia: es una condición de su independencia.
Mi situación administrativa deberá resolverse con todas las garantías correspondientes. Pero el caso SPRINT deja una cuestión mucho más amplia.
¿Qué protege una sociedad cuando protege a su ciencia?
Protege a quienes investigan, pero no solamente a ellos. Protege el derecho de las comunidades a conocer. Protege la capacidad del Estado de tomar decisiones basadas en evidencia. Protege a quienes trabajan y producen. Protege el ambiente y la salud.
Y protege algo todavía más elemental: la posibilidad de conocer un problema antes de decidir qué hacer con él.
Ciencia, producción y salud
Uno de los planteos centrales de Aparicio es que investigar los efectos de los plaguicidas no implica oponerse a la producción agropecuaria.
Según sostuvo, la información científica puede servir tanto para las comunidades como para trabajadores, productores y organismos estatales encargados de regular las actividades productivas.
El proyecto SPRINT había previsto una segunda etapa destinada a trabajar con productores sobre prácticas que permitieran reducir la dependencia de los productos químicos. Esa instancia no llegó a desarrollarse en Argentina luego del retiro del INTA del proyecto.
La situación de Aparicio generó pronunciamientos de APINTA, organizaciones científicas y sociales, además de iniciativas legislativas en ámbitos nacional y bonaerense.
Mientras continúa el proceso administrativo, la investigadora plantea que el caso excede su situación personal y abre una discusión sobre las condiciones necesarias para producir, comunicar y utilizar conocimiento científico de interés público.
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