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Acompañando a las víctimas / Llegar tarde… no alcanza

Expertos y víctimas impulsan una reforma del juicio abreviado en Córdoba para evitar que los acuerdos entre fiscales e imputados releguen a los damnificados a un rol secundario. Al mismo tiempo, condenas recientes por abusos seguidos de suicidio en el interior provincial exponen la urgencia de políticas de prevención ante un sistema judicial que suele llegar tarde.

Jorge Vasalo - Especial Por Jorge Vasalo - Especial
18 de marzo de 2026
víctimas

Acompañando a las víctimas

En Córdoba se impulsa un régimen orientado a fortalecer la protección de las víctimas de delitos mediante reformas al Código Procesal Penal. En ese marco, resulta necesario analizar el Juicio Abreviado, instituto que desde hace tiempo recibe críticas, especialmente desde la perspectiva de los derechos de las víctimas, quienes muchas veces se sienten relegadas a un rol meramente formal.

Según el docente y ex fiscal Marcelo Altamirano, “en este tipo de procedimiento penal, las víctimas deberían ser sujetos centrales del proceso: personas a quienes la ley debe escuchar, acompañar y contener para alcanzar una adecuada respuesta judicial. Sin embargo, el juicio abreviado surge principalmente como una herramienta destinada a resolver la gran cantidad de causas penales existentes. El abreviado consiste en un acuerdo entre el fiscal y la defensa, mediante el cual el imputado reconoce el hecho y acepta una pena previamente pactada, que luego es homologada por el tribunal. La principal crítica radica en que la víctima queda prácticamente al margen de esa negociación. Aunque en algunos casos se solicita su opinión, esta no resulta vinculante y tampoco cuenta con herramientas procesales para oponerse al acuerdo o cuestionar la pena acordada. Desde esta perspectiva, se sostiene que el juicio abreviado puede implicar una especie de privatización del proceso penal entre el Estado y el imputado, relegando a la víctima a un papel secundario. Además, al no existir debate oral ni producción de prueba en audiencia pública, se reduce el derecho a la verdad y la reconstrucción completa de los hechos.

Las víctimas también advierten el riesgo de penas excesivamente bajas y de confesiones estratégicas, en las que el imputado admite el hecho únicamente para obtener un beneficio punitivo, sin que exista un verdadero reconocimiento del daño causado. Esta situación afecta el acceso a la justicia y el principio de publicidad del juicio, especialmente en delitos graves como homicidios, violencia de género, delitos sexuales o hechos contra niños, donde las víctimas o sus familias esperan un juicio público como forma de reconocimiento del daño sufrido. Por ello, una posible solución consiste en reformar el régimen del juicio abreviado para garantizar una participación real de las víctimas en el acuerdo entre fiscalía e imputado, otorgando carácter vinculante a su opinión, conforme lo señalado por la Corte Suprema en el precedente Santillán. Asimismo, sería conveniente permitir que las víctimas puedan constituirse como querellantes particulares en etapas avanzadas del proceso, como al momento de la citación a juicio prevista en el artículo 361 del Código Procesal Penal de Córdoba. Ello fortalecería su participación sin alterar el equilibrio entre las partes ni las garantías del debido proceso. Como suelo decir en encuentros con víctimas: No eres lo que logras, eres lo que superas; eres más fuerte de lo que crees y no estás sola en esto.”

Llegar tarde… no alcanza

Hace algunos días, en Río Cuarto condenaron a prisión perpetua a un tío abusador de su sobrina de 11 años, quien posteriormente se suicidó por el trauma sufrido. Anselmo González, de 63 años, recibió la máxima condena a instancias del pedido de la fiscal Rosario Fernández López y a pesar de no haber sido por unanimidad de los jueces y los jurados populares. El primer antecedente de estas condenas se remonta a julio del 2021, cuando la Cámara Tercera del Crimen impuso prisión perpetua al padre de la adolescente Sathya Aldana, quien se quitó la vida luego de varios años de abusos. Fue un caso pionero impulsado por el fiscal Marcelo Hidalgo y confirmado por el Superior Tribunal de Justicia. En el caso de esta niña de 11 años de Arias (pueblo ubicado en el sur provincial, a 360 kilómetros de nuestra ciudad), sufrió un calvario desde su nacimiento, en una familia violenta y con un padre que quiso quemar la casa que habitaban cuando ella sólo tenía 6 años. Por tal motivo su guarda quedó para su madre y la abuela, mamá del abusador. Antes de suicidarse, la niña escribió una carta describiendo el horror que había sufrido y que fue una prueba fundamental para la condena de su tío. Al menos, en los tribunales se registró una condena que pone un manto de justicia ante tanta tragedia familiar. Antes del suicidio murió el padre de la niña y después, la madre.

Y está bien que la Justicia repare castigando a los abusadores/homicidas. Pero debemos admitir que estas tragedias también suceden por la ausencia de alertas tempranas, por insuficientes políticas estatales para prevenir e intervenir en estos casos de abuso y maltrato infantil, en los que llegar tarde… no alcanza.

Temas: análisisEl ojo de horusJorge VasaloPerspectiva
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