El Gobierno nacional de Argentina, a través del Decreto 730/2024 publicado en el Boletín Oficial, reglamentó la posibilidad de conversión de los clubes deportivos en Sociedades Anónimas Deportivas (SAD). Este decreto es parte de una serie de medidas que buscan modernizar las estructuras jurídicas de las instituciones deportivas, permitiendo que puedan constituirse como SAD si así lo deciden en una asamblea extraordinaria.
El decreto establece que las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas tienen un plazo de un año para modificar sus estatutos y adaptarlos a los términos establecidos en el mismo.
Asimismo, se enfatiza que estas entidades no podrán impedir, dificultar, privar o menoscabar el derecho de afiliación de una organización deportiva a una confederación, federación, asociación, liga o unión basándose en su forma jurídica, siempre y cuando esté admitida por la Ley N° 20.655 y sus modificaciones y complementarias.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció previamente esta medida en una entrevista, señalando que la AFA no podrá negarse a aceptar a los clubes que decidan convertirse en SAD, ya que estaría violando la ley. Esta declaración se interpretó como un mensaje directo al presidente de la AFA, Claudio Tapia, quien había rechazado la propuesta del Gobierno en junio alegando que los cambios propuestos no afectaban el estatuto social de la AFA.
Por su parte, Tapia y los miembros de la AFA han ratificado su postura en contra de las SAD, reafirmando la inalterabilidad del Estatuto frente a estas sociedades. En una asamblea reciente, se decidió que en la AFA solo podrán participar asociaciones civiles sin fines de lucro, dejando en claro su oposición a la posibilidad de que los clubes se conviertan en SAD.