A través de la resolución 2125/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial, se habilitó a que todas las empresas inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga realicen aumentos generales, complementarios y acumulativos de hasta un 9% a partir del 1 de agosto, 9% a partir del 1 de setiembre, 9% a partir del 1 de octubre y 9% a partir del 1 de enero de 2022.
Teniendo en cuenta los aumentos de este año de 3,5% en marzo, 4,5% en abril y 5,5% en mayo, con las nuevas subas las prepagas terminarán por ajustar sus cuotas en un 61,04% en menos de un año, de marzo de 2021 a enero de 2022.
La resolución también determinó que las obras sociales y las entidades de medicina prepaga deberán incrementar los aranceles de las prestaciones médico-asistenciales brindadas a sus beneficiarios y usuarios en la misma proporción y lapso de tiempo que los aumentos generales.