La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito estableció en $2.057 el valor de la Unidad Fija (UF), el parámetro utilizado para calcular las multas por infracciones a la Ley Provincial de Tránsito N° 8560.
La actualización fue oficializada mediante la Resolución N° 22/2026, publicada en el Boletín Oficial, y rige de manera inmediata para todas las actas labradas por la Policía Caminera en la provincia de Córdoba.
El ajuste responde al incremento en el precio del litro de nafta súper, que funciona como referencia legal para determinar el valor de la UF, según lo informado por la Federación de Expendedores de Combustibles (FECAC).
El nuevo valor implica una suba de $335 respecto al ajuste anterior, lo que representa un aumento cercano al 19,4%.
Este cambio impacta directamente en el monto de todas las infracciones, cuyos valores se calculan en base a una cantidad determinada de Unidades Fijas. Además de las sanciones económicas, algunas faltas pueden implicar la quita de puntos en la licencia de conducir, según la gravedad de la infracción.
Cómo quedaron las multas
Con la actualización, los rangos de sanciones quedaron establecidos de la siguiente manera:
- Infracciones leves: entre $41.140 y $205.700 (20 a 100 UF).
Pueden implicar la quita de 0 a 2 puntos del carnet.
Ejemplo: conducir fumando. - Infracciones graves: entre $205.700 y $411.400 (100 a 200 UF).
Pueden implicar la quita de 2 a 5 puntos del carnet.
Ejemplo: circular sin luces encendidas. - Infracciones muy graves: entre $411.400 y $822.800 (200 a 400 UF).
Pueden implicar la quita de 5 a 20 puntos del carnet.
Ejemplo: cruzar en rojo, circular en contramano o exceder la velocidad máxima. - Infracciones máximas: entre $2.468.400 y $4.114.000 (1.200 a 2.000 UF).
Pueden implicar la inhabilitación y pérdida total de puntos de la licencia.
Ejemplo: alcoholemia positiva, destrucción de infraestructura vial o adulteración de documentación.
El nuevo valor de la Unidad Fija se mantendrá vigente hasta que se dicte una nueva resolución que lo modifique.
La normativa dispone que la actualización sea comunicada a los organismos competentes, incluidos los tribunales administrativos, la Dirección de Rentas y las áreas operativas de control vial.










Señores responsables de este aumento, me placer informarles que muchos ciudadanos comunes, no parásitos del estado, opinan que son uds unos reverendos hijos de padre desconocido.
Cordialmente, los saludo.