El Gobierno de Córdoba, a través de la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia, informó que se han dispuesto medidas preventivas en el marco del Programa de Vigilancia Alimentaria Provincial, relacionadas con dos productos alimenticios que resultaron no conformes a la normativa vigente.
En primer lugar, la medida alcanza al producto “Líquido para congelar sabor artificial”, marca MINYO – CREM2 (R.N.E. N° 18000492; R.N.P.A. N° 18002116 / 18002233 / 18002119 / 18002118 / 18002535 / 18002120).
La disposición se aplica a todas las presentaciones, lotes, fechas de elaboración y vencimiento, debido a que el envase presenta impresión directa sobre la zona de succión, condición que contraviene las exigencias de seguridad alimentaria y compromete la inocuidad del producto.
Esta situación incumple lo establecido en el Artículo 219 del Código Alimentario Argentino, por lo que el producto fue declarado NO CONFORME con la normativa alimentaria vigente.
Asimismo, se dispuso la prohibición de fraccionamiento y comercialización en todo el territorio provincial y en plataformas de venta online de la “Miel de flores” (R.M.E. N° 395-2023; R.M.A. N° 872-2023; Lote: Junio 2025; Vencimiento: 12 meses).
Los análisis de laboratorio realizados detectaron valores de dextrinas, acidez y cenizas por encima de los límites permitidos, junto con fallas graves en su rotulación. En consecuencia, el producto fue declarado NO CONFORME y presumiblemente alterado, en infracción a la normativa alimentaria vigente.
Recomendaciones
• A la población: abstenerse de consumir los productos mencionados.
• A los puntos de venta: retirarlos de la comercialización y comunicarse con la autoridad bromatológica de su localidad.
El Gobierno de Córdoba ratifica su compromiso con la protección de la salud pública y continúa fortaleciendo los controles para garantizar la calidad e inocuidad de los alimentos que se comercializan en la provincia.









