En un fallo inédito para un delito de este tipo, el Tribunal Oral Federal N° 1 (TOF 1) condenó ayer a siete años de prisión al empresario Atilio Mengo, dueño de cuatro empresas agropecuarias, y a otras 11 personas por asociación ilícita para cometer delitos tributarios” en la compra de cereales y granos. El caso se remonta a mediados de la década de 2000 y afectó a personas de escasos recursos, quienes eran utilizados como prestanombres” para la confección de facturas truchas”.
Se trata de la primera condena de este tipo, en la que un Tribunal Oral condena a un grupo de personas que se asocian para cometer un delito fiscal. Es un fallo sin precedentes”, indicó el fiscal Facundo Trotta, quien junto a Carlos Gonella representó al Ministerio Público Fiscal (MPF). El caso también involucró a María Pía Cardoso, quien en 2007 era titular del área de Saneamiento Urbano de la Municipalidad de Río Cuarto. La mujer, condenada a 3 años y ocho meses de prisión, reclutaba personas de bajos recursos y ajenas a la actividad agropecuaria a fin de inscribirlas ante la AFIP como monotributistas.
En esta tarea participaron Hugo Aguero, Fabián Giles y Vanesa Moyano, todos imputados en la causa. Bajo la promesa de un pago de 150 pesos, subsidios o algún tipo de asistencia social, los imputados hacían que estas personas firmasen documentación en blanco necesaria para la comercialización de granos”, señalaron desde el MPF, que remarcaron que las empresas del grupo Mengo, FLG Agropecuaria SA, Soybeans SA, Cereales y Pasturas SRL y Oro Verde SA, hacían figurar falsamente a estas personas como proveedoras/vendedores del cereal.
También fueron condenados, con pena de cuatro años, Francina y Luisina Mengo, como coautoras del delito, y otras seis personas con participación en carácter de coautores o partícipes necesarios del mismo delito. De acuerdo al alegato de la Fiscalía, la maniobra se desarrolló en torno a la comercialización de cereales, con documentación y personas simuladas, cuyos movimientos fueron registrados y declarados fiscalmente para encubrir operaciones de compraventa marginal de granos.
Los monotributistas eran utilizados con el fin de ocultar al verdadero productor agropecuario, dado que la operación se documentaba a nombre de un tercero que figuraba inscripto en el régimen simplificado de pequeños contribuyentes de la Afip. De esa forma, se reducía la carga impositiva y una vez generada la documentación apócrifa, el adquirente obtenía el crédito fiscal por el IVA y la deducción del gasto en Ganancias.