La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en el comienzo de esta semana la venta y el consumo de dos marcas de aceite de oliva por distintas irregularidades en sus inscripciones.
La medida, que fue publicada en el Boletín Oficial de la Nación de este lunes, determina la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto en todo el territorio nacional y en plataformas de venta online.
Fue de este modo que a través de la Disposición 10038/2022 el organismo prohibió a la marca “Organic Olisa Premium Quality – Extra Virgin Olive Oil – Aceite de oliva, Virgen Extra de Primera presión en frío – Elaborado por RNE 02-034255, RNPA Expte 4120-004917-21 – Producto de La Rioja – Industria Argentina.
La denuncia la hizo un consumidor que al comprarlo sintió que el aceite estaba “sin aroma a oliva y el cual al ser sometido al calor emana olor fétido”.
Luego de una investigación, la ANMAT dispuso: “Prohíbase la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto Organic Olisa Premium Quality – Extra Virgin Olive Oil – Aceite de oliva, Virgen Extra de Primera presión en frío – Elaborado por RNE 02-034255, RNPA Expte 4120-004917-21 – Producto de La Rioja – Industria Argentina, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE perteneciente a otro elaborador y un RNPA inexistente, resultando ser un producto ilegal”.
Además, a través de la Disposición 10037/2022 se prohibió la marca de aceite de oliva, Aceite de oliva extra virgen – Intenso Premium – marca Dell’ Olivo, comercializado en Córdoba, tras la denuncia de un particular.
“Prohíbase la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto: Aceite de oliva extra virgen – Intenso Premium – marca Dell’ Olivo – Elaborado por Dell’ Olivo S.A – RNE N° 04055381, RNPA N° 04066198, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulado al indicar un RNE inexistente y un RNPA correspondiente a otro producto, resultando ser un producto ilegal”, detalló ANMAT.