La nueva normativa regirá a partir del próximo 8 de diciembre y establece que los delitos contra menores por parte de sacerdotes y religiosos serán juzgados bajo los parámetros de la sección titulada Delitos contra la vida, la dignidad y la libertad humana”.
Se considerará delito contra el sexto mandamiento del Decálogo (el abuso) con un menor o una persona habitualmente afectada por el uso imperfecto de la razón o con una persona a quien el la ley reconoce una protección similar”. También será sancionado el sacerdote que induzca a un menor a participar en exhibiciones pornográficas” o que conserve imágenes de pornografía infantil, sanción que puede llegar a la expulsión de la iglesia.