El jueves 21 de septiembre el Supremo Tribunal Federal de Brasil declaró constitucional el derecho de los pueblos indígenas a las tierras que han ocupado en “forma permanente, histórica y “tradicionalmente”, rechazando en consecuencia el denominado “marco temporal”, propiciado por terratenientes y empresarios del sector agropecuario, que proponían limitar ese derecho a las tierras que los indígenas ocupaban al 5 de octubre de 1988, cuando fue promulgada la actual Constitución brasileña.
Esta doctrina es rechazada por los indígenas, por cuanto no reconoce sus derechos sobre las tierras que ocupaban desde mucho tiempo antes del año 1988; y ahora, el más alto tribunal del país vecino, en una decisión adoptada por 9 votos a favor y 2 en contra, convalidó la posición sostenida por los pueblos originarios. De este modo, la mayoría de los sentenciantes se aferró al artículo 231 del texto constitucional, que define como tierras indígenas a aquellas “habitadas con carácter permanente, usadas para actividades productivas e imprescindibles para la preservación de los recursos ambientales”.
Tras haberse expedido sobre la constitucionalidad de los derechos de los pueblos originarios, en los próximos días los supremos brasileños deberán analizar distintas fórmulas legales destinadas a ser aplicadas en el supuesto de colonos o terratenientes que ocupan desde hace décadas aquellas áreas reclamadas por los indígenas.
Al respecto, el juez Alexandre de Moraes ha propuesto una fórmula para solucionar estos conflictos, sugiriendo que, en esos casos, los ocupantes de las tierras reclamadas deberán abandonar sus posesiones y ser indemnizados, o bien, que los pueblos originarios sean compensados con otros territorios, de extensiones equivalentes. Esto no tendría aplicación cuando los colonos o terratenientes ocupen las zonas en cuestión de mala fe o por la fuerza, es decir, cuando hayan expulsado a los indígenas de sus tierras por medios violentos.
En tanto, la magistrada Carmen Lucía sostuvo que la sociedad brasileña tiene una “deuda impagable” con los pueblos originarios. “No puede haber retrocesos en los derechos reconocidos, incluidos los que se refieren a las tierras ocupadas tradicionalmente”, afirmó sin dejar margen para las vacilaciones.
Paralelamente, esta temática es debatida también en una comisión del Senado brasileño, donde se analiza un proyecto de ley por el cual se pretende reconocer el controvertido “marco temporal”. La senadora Eliziane Gama, miembro de aquella comisión, ya advirtió que si esta norma fuese aprobada por la Cámara Alta luego sería cuestionada y declarada inconstitucional por el Tribunal Supremo, dada la posición que adoptara el jueves pasado a favor de los derechos de los pueblos originarios.
Cabe resaltar que, según la Constitución vigente, la demarcación de tierras indígenas es una obligación del Estado brasileño. Sin embargo, en los hechos, esa obligación estuvo suspendida entre 2019 y 2022, durante el gobierno de Jair Bolsonaro, quien se opuso fervientemente al reconocimiento de las tierras indígenas con el argumento de que se impedía el desarrollo pleno del sector agropecuario. Así las cosas, durante su gestión la frontera agrícola avanzó desmedidamente sobre zonas protegidas, con graves consecuencias en materia ambiental.
Y recién este año aquella obligación estatal fue reactivada, gracias al impulso que le dio el presidente Luis Inácio Lula da Silva, un decidido opositor a la tesis jurídica del “marco temporal”. Debe tenerse presente que Brasil cuenta con una población total de 203 millones de habitantes, de acuerdo a datos oficiales. De los cuales, cerca de 1,7 millones son indígenas, que ocupan el 14 % del territorio nacional, representado por unas 500 áreas ya delimitadas, a las que se podrían sumar otras 200, que aún están bajo estudio de los organismos estatales.
Por ello, para los movimientos indigenistas y ecologistas esta sentencia es un acto de “justicia histórica”, que además promoverá una mayor protección del medioambiente, puesto que las tierras indígenas son las más preservadas de país y la mayor parte de ellas están situadas en la Amazonía, una zona que merece especial protección por ser el principal pulmón verde no sólo del Brasil sino de América, y que contribuye a morigerar los efectos del cambio climático a escala mundial.
Considerado como el “juicio del siglo”, este proceso se inició en agosto de 2021 y culminó la semana pasada con un fallo ejemplar, que fue celebrado ruidosamente por cientos y cientos de indígenas que se encontraban apostados en las inmediaciones de la Corte, en Brasilia, siguiendo el juicio a través de grandes pantallas de televisión. Esta vez, “la Justicia ha estado del lado de los pueblos indígenas”, como lo reconoció Joenia Wapichana, presidenta de FUNAI, un ente gubernamental dedicado a la defensa de las poblaciones originarias.
Y en horabuena que así sea, porque es una excelente noticia que después de tantos años y tantos reclamos, la Justicia haya decidido confirmar y avalar los derechos de los más débiles, en este caso, de los verdaderos y legítimos dueños de las tierras en Brasil.