Las boletas de la luz, gas, agua y de todos los servicios públicos prestados por entidades estatales o privadas, dejarán de llegar a las viviendas en soporte papel y, en cambio, se enviarán a los usuarios de manera electrónica -incluso en lenguaje braille-, a través de las casillas de mail que hayan fijado como domicilio administrativo electrónico. El proyecto del legislador de Hacemos por Córdoba, Oscar González, quien además es presidente provisional de la Unicameral, se encuentra en estudio en las comisiones de Economía y de Servicios Públicos con la intención de convertirla en ley en los próximos días.
La iniciativa incorpora, por primera vez en el ámbito de la administración pública, la posibilidad de que a solicitud de los clientes o del ente regulador, las facturas electrónicas puedan sean emitidas en sistema braille o de un sustituto tecnológico informático seguro para los consumidores que padezcan de discapacidad visual. La norma que comenzará a regir a partir de los 180 días de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial, obliga a las entidades prestatarias de servicios públicos o de interés público, sean estatales o privadas, a emitir y distribuir las facturas en soporte informático al domicilio administrativo electrónico de los usuarios para el cobro de los servicios que brindan y a requerimiento del consumidor, en los términos y alcances establecidos por la Ley Nº 10.618 (Modificación de los procedimientos administrativos-córdoba).
La despapelización incluirá a los consorcios administrativos y empresas de interés público
Asimismo, establece que los administradores de consorcios, a requerimiento de los copropietarios, deberán enviar liquidaciones de expensas y recibos de pago por correo electrónico con los mismos alcances para las empresas de interés público. En conclusión, se pretende sancionar una normativa que contribuya con el objetivo estratégico de despapelizar los ámbitos de la administración pública, preservar la información, liberar espacio físico, agilizar y aumentar la capacidad de búsqueda y acceso a la documentación permitiendo mejores tiempos de respuestas”, tal como lo establece el Decreto 1.280 del año 2014. La ley que regirá sobre las prestatarias de servicios públicos invitará además a las municipalidades y comunas de la provincia a disponer medidas semejantes, tanto para la emisión de cedulones o facturas por los impuestos y tasas, como para los servicios exigibles en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.