El Gobierno lanzó este lunes en Casa Rosada el Programa «Registradas (Recuperación Económica, Generación de Empleo e Inclusión Social)», una iniciativa que promueve la reducción de la informalidad en el sector de las trabajadoras de casas particulares y garantiza su acceso y permanencia a un empleo registrado.
La ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, anunció hoy que el Programa Registradas apunta a «formalizar» y a «subsidiar entre un 30 y 40 por ciento del salario de las trabajadoras», en un esquema en el que se pagará durante seis meses hasta la mitad del sueldo de las trabajadoras de casas particulares que sean blanqueadas. En este sentido, esperan que 90.000 trabajadoras se inscriban en el programa Registradas
El Programa Registradas (cuya inscripción permanecerá abierta durante octubre, noviembre y diciembre) consiste en la transferencia por parte del Estado nacional de una suma por mes equivalente al 50 o 30 por ciento de la remuneración neta mensual declarada por el empleador al momento de la inscripción al programa.
Será por un monto de hasta 15.000 pesos, y tendrá una vigencia de seis meses desde el momento del alta de la trabajadora.
En tanto, la ministra Gómez Alcorta afirmó que es un programa de recuperación económica, generación de empleo e inclusión social de las trabajadoras de casas particulares”, al que definió como un sector históricamente feminizado, precarizado y subvalorado, aun cuando sabemos que es una tarea fundamental que implica el sostenimiento de la vida y de la economía”.
Por su parte, el Ministro de economía, Martin Guzmán, explicó que la pandemia ha sido desigualadora en todo el mundo, y ha afectado especialmente a la situación económica de las mujeres. El rol activo del Estado es fundamental para atacar estas desigualdades y el esquema de políticas públicas que venimos adoptando tiene como una de sus bases esa premisa”.
A su turno, Mercedes Marcó del Pont, titular de AFIP, dijo que se trata al mismo tiempo de una política de ingresos, de formalización y de bancarización e inclusión financiera” ya que automáticamente una vez que se tenga un mes de recibo de sueldo el Banco Nación le va dar una tarjeta de crédito que va a tener un límite que se va a similar a un Salario Mínimo Vital y Móvil de hasta 32 mil pesos”.
Para poder acceder a la política, la parte empleadora deberá percibir ingresos mensuales inferiores al mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, y será la responsable de afrontar el porcentaje restante del sueldo, los aportes, las contribuciones y de la cuota de la ART de la trabajadora inscripta o del trabajador inscripto.
La iniciativa busca reducir la informalidad del sector, garantizar la permanencia en un empleo registrado y promover la bancarización.
En el caso de la trabajadora deberá trabajar como mínimo 12 horas semanales, podrá estar inscripta únicamente bajo la nómina de un empleador o empleadora.
Además, al acceder al Programa podrá continuar siendo beneficiaria de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación Universal por Embarazo, la Tarjeta Alimentar, el Plan Progresar, y de Potenciar Trabajo, entre otras políticas.
Como se empleará
Cuando el empleador o empleadora dé el alta a la nueva trabajadora en la AFIP, el Estado creará una cuenta sueldo en el Banco de la Nación Argentina para ella y transferirá allí, de manera mensual, un porcentaje del salario neto declarado (30 o 50 por ciento según corresponda), por un monto de hasta 15.000 mensuales.
El porcentaje del sueldo que paga el Estado dependerá del ingreso mensual de las y los empleadores. De esta forma, será un 50 por ciento de la remuneración neta mensual mínima cuando la parte empleadora tengan un ingreso bruto mensual inferior al 70 por ciento del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias (que actualmente es de 117.374)
En cambio, será de un 30 por ciento, cuando la parte empleadora cuente con un ingreso bruto mensual que esté comprendido entre el 70 y el 100 por ciento del mínimo no imponible.
Además, para poder solicitarlo, durante los 12 meses anteriores a la entrada en vigencia del decreto, el empleador o empleadora debe haber percibido en promedio mensual ingresos brutos de cualquier naturaleza iguales o inferiores al mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, es decir 175 mil pesos.