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Reformas

El Gobierno envió la segunda versión de la Ley ómnibus al Congreso y a las provincias

El texto, que finalmente cuenta con 279 artículos, es mucho más técnico que el primero y será presentado en la comisión de Diputados como el nuevo dictamen de Ley de Bases original

Redacción Por Redacción
10 de abril de 2024
El Gobierno envió la segunda versión de la Ley ómnibus al Congreso y a las provincias

El Gobierno envió este martes al Congreso y a las provincias la nueva versión de la Ley de Bases, que abarca cuestiones fiscales, económicas y de reforma del estado, con el objetivo de avanzar con los principales lineamientos que impulsa la gestión del presidente Javier Milei.

La segunda versión de la ley ómnibus fue recibida por los legisladores de los bloques dialoguistas, con quienes el oficialismo busca acordar antes de llegar a las instancia de debate oficial.

El texto, que finalmente cuenta con 279 artículos, es mucho más técnico que el primero y será presentado en la comisión de Diputados como el nuevo dictamen de Ley de Bases original, que todavía tiene estado parlamentario.

En Casa Rosada trabajaron en su redacción con intensidad durante toda la jornada y cerca de las 21.30 se conoció la versión que será debatida en el Parlamento, a la que tuvo acceso la agencia Noticias Argentinas.

En el primer artículo, el proyecto declara la «emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año».

«Deléganse en el Poder Ejecutivo nacional las facultades dispuestas por la presente ley, vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia, en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases aquí establecidas y por el plazo dispuesto en el párrafo precedente.

El Poder Ejecutivo nacional informará mensualmente y en forma detallada al Honorable Congreso de la Nación acerca del ejercicio de las facultades delegadas y los resultados obtenidos», indica el texto.

Este punto es uno de los principales cambios en relación a la Ley de Bases original, ya que se redujeron las emergencias y tampoco hay posibilidad de prórrogas.

Esta segunda versión también faculta al Poder Ejecutivo «a modificar, transformar, unificar, disolver, liquidar o cancelar los fondos fiduciarios públicos, en los casos en los que no fuera posible hacerlo conforme los procedimientos establecidos en sus normas de creación».

Para continuar con el plan de recortes, el proyecto encomienda al PEN «a llevar adelante las privatizaciones» de las empresas públicas y también habla de la disminución de la planta de empleados públicos.

«El personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos o de las funciones a ellos asignadas, quedará, automáticamente, en situación de disponibilidad por un periodo máximo de hasta doce (12) meses», señala el texto.

La reforma Laboral que plantea la ley es menos ambiciosa que la anterior, incluye cuestiones vinculadas al blanqueo y moratoria para aquellas empresas que regularicen la situación laboral de sus trabajadores.

A su vez, promueve extinciones penales, condonación de deuda y la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales.

Otro de los puntos de la ley habla del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS) y permite que sea invertido «de acuerdo con criterios de seguridad y rentabilidad adecuados, respetando los lineamientos fijados por esta ley y las normas reglamentarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley No. 26.425».

Los 279 artículos se ocupan en su mayoría con capítulos referidos a la desregulación económica, el nuevo Tribunal de Defensa de la Competencia y la Agencia de Mercados y Competencia.

Además, otro tramo importante se lo llevan las modificaciones a la ley de Hidrocarburos y cuestiones referidas al gas, como la autorización de «las importaciones de gas natural sin necesidad de aprobación previa».

En ese capítulo, se crea «el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad el que, una vez constituido, reemplazará y asumirá las funciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), creado por el artículo 54 de la Ley N° 24.065, y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), creado por el artículo 50 de la Ley N° 24.076».

A nivel previsional, se elimina la última moratoria jubilatoria para quienes debieran aportes.

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