En una medida que busca endurecer las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones familiares, el Ministerio de Seguridad de la Nación oficializó la Resolución 429/2026, la cual restringe el acceso a espectáculos futbolísticos a todas aquellas personas que se encuentren inscriptas en el Registro Público de Alimentantes Morosos.
La normativa, firmada por la ministra Alejandra Susana Monteoliva y publicada este 13 de mayo en el Boletín Oficial, modifica la Resolución Nº 354/2017 para incluir explícitamente a los deudores de cuotas alimentarias dentro de las figuras que tienen prohibido el ingreso a las canchas. Según el nuevo inciso «h» del artículo 2°, la restricción se mantendrá vigente mientras continúe la situación de morosidad que dio origen a la inscripción en el registro.
Esta medida se implementará a través del Programa Tribuna Segura, que es el sistema encargado del control de acceso y fiscalización en los estadios de todo el país. La resolución destaca que la Dirección de Seguridad en Eventos Deportivos ya venía recibiendo numerosos oficios judiciales que ordenaban incluir a deudores en su base de datos como medida sancionatoria.
Con este cambio, se busca unificar el criterio a nivel nacional, tomando como antecedente normativas locales ya existentes:
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires: La Ley N° 269 ya establecía que los organismos de control debían rechazar el ingreso a estadios de personas en el Registro de Alimentantes Morosos.
- Provincia de Salta: La Ley N° 7411 prohíbe explícitamente a estos deudores presenciar espectáculos deportivos o culturales donde se deba abonar entrada.
Además de la situación de los deudores alimentarios, la nueva redacción de la norma ratifica otras causales de exclusión, como encontrarse procesado o condenado por delitos en el marco de la Ley de Violencia en Espectáculos Deportivos, haber tenido conductas violentas en concentraciones, entrenamientos o traslados, o participar en actos que afecten el orden público y la seguridad en la vía pública.
El Ministerio de Seguridad fundamentó la decisión en la necesidad de fortalecer la eficacia del programa no solo como una herramienta de prevención de violencia, sino también como un mecanismo para garantizar el efectivo cumplimiento de la obligación alimentaria. La medida entra en vigencia de forma inmediata a partir de su publicación oficial.









